BOPV nº 246 · 2021-12-10 · Lehendakaritza

LEY 9/2021, de 25 de noviembre, de conservación del patrimonio natural de Euskadi.

Se hace saber a todos los ciudadanos y ciudadanas de Euskadi que el Parlamento Vasco ha aprobado la Ley 9/2021, de 25 de noviembre, de conservación del patrimonio natural de Euskadi EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Euskadi alberga una gran biodiversidad debido a su situación geográfica, en una zona de transición climática (mediterráneo-atlántico), con costa y monte. Con algo menos del 1 % del territorio de la Unión Europea, Euskadi acoge aproximadamente el 35 % de los hábitats de interés europeo, el 21 % de las especies de fauna y el 2 % de las de flora, dentro de las cuales se encuentran 14 hábitats y 4 especies de interés prioritario para el continente. La protección de este importante patrimonio natural se articuló jurídicamente a través de la Ley 16/1994, de 30 de junio, de Conservación de la Naturaleza del País Vasco. Esta norma supuso un primer paso para dar respuesta a la creciente preocupación de la ciudadanía y de los poderes públicos en relación con la conservación de los recursos naturales. Esta ley, pionera en su tiempo, fue la que lideró durante años la política de nuestra Comunidad Autónoma en ámbitos como la ordenación de los recursos naturales, los espacios protegidos y la fauna y la flora, entre otros. La ley estableció un régimen jurídico para la conservación de la naturaleza y sus recursos frente a diversas causas de degradación, compatible con un proceso de desarrollo económico y social ordenado, configurado por su integración en las distintas políticas sectoriales. Para ello, se consideró necesario acometer una eficaz actuación de los poderes públicos, encaminada a garantizar la existencia de un medio natural bien conservado en el conjunto del territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Asimismo, la norma permitió armonizar un sistema de conservación de los recursos naturales, de los procesos ecológicos esenciales y de la belleza paisajística de nuestro territorio, como garantía para un desarrollo integrado sin comprometer el bienestar de las generaciones futuras como consecuencia de la explotación económica desmesurada de dichos recursos, la desaparición de especies de flora y fauna, y la degradación de espacios naturales en buen estado de conservación. Años más tarde, el Decreto Legislativo 1/2014, de 15 de abril, aprobó el texto refundido de la Ley de Conservación de la Naturaleza del País Vasco, con el fin de integrar en un único texto las modificaciones realizadas en la Ley 16/1994, de 30 de junio, renumerar los artículos, capítulos y disposiciones que fueran necesarios y adecuar las remisiones internas de las leyes objeto de refundición a la nueva numeración. Sin embargo, el importante desarrollo legislativo derivado de las directrices europeas en la materia, especialmente a partir del año 2000, ha traído como consecuencia la necesidad de actualizar el marco legislativo vasco para dar respuesta a los problemas y exigencias actuales, enmarcando esta nueva regulación en los Objetivos de Desarrollo Sostenible de Naciones Unid

Publicación oficial en euskadi.eus

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