BOPV nº 251 · 2021-12-17 · Educación

RESOLUCIÓN de 16 de noviembre de 2021, del Director de Planificación y Organización, por la que se convocan las Pruebas de Acceso a Ciclos Formativos de Grado Medio y Grado Superior de Formación Profesional, correspondientes al año 2022.

La Orden de 11 de febrero de 2016, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se regula el acceso a Ciclos Formativos de Formación Profesional, dispone en su artículo 2.1 que el Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura convocará al menos una vez al año una prueba para el acceso a los Ciclos Formativos. En su virtud RESUELVO : Artículo 1 Convocatoria. Se convocan las Pruebas de Acceso a los Ciclos Formativos de Grado Medio y de Grado Superior de Formación Profesional correspondientes al año 2022, para las personas que carecen de los requisitos académicos que permiten el acceso directo a dichas enseñanzas. El número de plazas que se convocan es de quinientas para la prueba de Grado Medio y mil para la prueba de Grado Superior. Si el número de solicitantes de Grado Medio o Grado Superior fuese inferior al número de plazas convocadas para su correspondiente cupo, el remanente podrá ser utilizado en el caso de exceso de solicitudes en el otro cupo. Las fechas y plazos que se mencionan en esta Resolución son las establecidas en la tabla que se encuentra en el artículo 12 de la misma. Los listados a que se hace referencia en esta Resolución podrán ser consultados por las personas interesadas en Ikasgunea y en la Secretaría de su centro de inscripción o referencia. Debe tenerse en cuenta que, las comunicaciones que se puedan realizar a las personas interesadas, se harán en el email y/o teléfono móvil que se aporte en la solicitud. Artículo 2 Criterios de priorización a efectos de admisión. Cuando el número de solicitudes sea mayor al número de plazas convocadas, se procederá a su priorización según los siguientes criterios en el orden de prelación indicado: Haber superado alguna de las partes de la prueba de acceso en la Comunidad Autónoma de Euskadi en las convocatorias de los dos años anteriores, de acuerdo con el punto 3 del artículo 5 de la Orden de 11 de febrero de 2016, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se regula el acceso a Ciclos Formativos de Formación Profesional. Tener fijado el domicilio de residencia en la Comunidad Autónoma del País Vasco. Se tomará el que figure en el certificado de empadronamiento que se adjunte. Ordenación alfabética en función de los apellidos y nombre, iniciándose esta ordenación por la letra «O», determinada en la Resolución de 29 de enero de 2021, de la Directora de Gestión de Personal, por la que se hace público el resultado del sorteo de la letra que determinará el orden alfabético en el proceso de gestión de candidatas y candidatos a sustituciones durante el curso escolar 2021-2022, así como en cualquier otro proceso selectivo que pueda convocarse a lo largo de dicho curso escolar. Artículo 3 Inscripciones e información. Para la realización de estas pruebas y, en su caso, para la obtención de las exenciones correspondientes (tanto a partes de las pruebas como al precio público), las personas interesadas, en el período de inscripc

Publicación oficial en euskadi.eus

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