BOPV nº 252 · 2021-12-20 · Planificación Territorial, Vivienda y Transportes
ORDEN de 7 de diciembre de 2021, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Trasportes, sobre actuaciones de fomento al alquiler y otras formas de uso de las viviendas y edificios residenciales.
La Ley 3/2015, de 18 de junio, de Vivienda (en adelante Ley de Vivienda) prevé en su artículo 7.4 que las administraciones competentes en la materia orientarán los recursos disponibles en materia de vivienda con carácter preferente a la promoción de viviendas en régimen de alquiler para destinarla a los colectivos más desfavorecidos. dicha preferencia significa, según refiere la propia ley que, exceptuando los destinados a la rehabilitación urbana, el 80 % de los recursos en materia de vivienda se destinarán a las políticas de alquiler, este porcentaje se eleva en la Disposición Final Cuarta de la Ley, que señala que se incrementará hasta llegar al 100 % en los cinco años siguientes a su publicación, que tuvo lugar en el BOPV de fecha 26 de junio de 2015. La Ley de Vivienda también establece que toda la iniciativa de promoción pública, y en el mismo plazo, ha de dirigirse en su totalidad al impulso de políticas de vivienda de fomento del alquiler, mandato imperativo hacia las administraciones públicas en sus diversos niveles institucionales, que ya ha puesto en estricto cumplimiento desde 2020 el Departamento competente en materia de vivienda del Gobierno Vasco y sus sociedades públicas dependientes. Esta norma que ahora se adopta, pretende precisamente facilitar a los demás agentes públicos de cada nivel institucional con competencias en vivienda el cumplimiento de dicho mandato legal, al mismo tiempo que también, desde otra ámbito y con otra aproximación diferente, pretende incentivar la iniciativa privada hacia el régimen de alquiler protegido desarrollando fórmulas de colaboración público-privada que garanticen rentabilidades razonables, sostenidas y a largo plazo a los agentes económicos privados para lograr atraer su interés. Por su parte, el Plan Director de Vivienda 2021-2023, que constituye la planificación estratégica de la política de vivienda vasca para dicho periodo de programación, establece como su primer eje estratégico, con evidente lógica, el fomento del alquiler asequible en Euskadi con el objetivo de lograr el incremento y mejora del parque de vivienda de protección pública para asegurar el derecho a una vivienda digna y adecuada, apostando de forma exclusiva por el alquiler. Recordar aquí que en Euskadi la Ley de Vivienda ha dado carta de naturaleza al derecho subjetivo a la vivienda y eso tiene efectos inmediatos evidentes en la política de vivienda a instrumentar. Hasta el momento presente se han impulsado acciones de fomento del alquiler mediante la Orden de 7 de noviembre de 2008, del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales, sobre ayudas a la promoción de viviendas de protección pública y medidas de fomento al alquiler; el Decreto 466/2013, de 23 de diciembre de 2013, por el que se regula el Programa de Vivienda Vacía «Bizigune», Decreto 144/2019, de 17 de septiembre, por el que se regula el Programa de Intermediación en el Mercado de Alquiler de Vivienda Libre ASAP (Alokairu Segurua, Arrazoizko Prezioa), y la Orden de 1