BOPV nº 261 · 2021-12-30 · Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente

RESOLUCIÓN de 13 de diciembre de 2021, del Director de Agricultura y Ganadería, relativa a la actualización de datos en el Registro electrónico de transacciones y operaciones con productos fitosanitarios (RETO) en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

El 10 de noviembre entró en vigor el Real Decreto 285/2021, de 20 de abril, por el que se establecen las condiciones de almacenamiento, comercialización, importación o exportación, control oficial y autorización de ensayos con productos fitosanitarios, y se modifica el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios. El artículo 15 de este RD establece que los operadores inscritos en los sectores suministrador y de tratamientos fitosanitarios del ROPO (Registro Oficial de Productores y Operadores de medios de defensa fitosanitaria) llevarán un registro actualizado de todas las operaciones de comercialización, importación o exportación, que realicen. A los efectos de cumplir dicha normativa, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, ha puesto a disposición un sistema informático, el Registro electrónico de transacciones y operaciones con productos fitosanitarios (RETO), que gestiona dicho Ministerio, en el que deberán registrarse las operaciones realizadas y anotar un contenido mínimo de datos obligatorio, detallado en el Anexo I del citado RD, con la finalidad de facilitar las labores de control y registro de las transacciones de los productos fitosanitarios y garantizar en todo momento su trazabilidad. Esta aplicación permite registrar en tiempo real o mediante cargas desde otras aplicaciones informáticas o ficheros de datos, todas las operaciones de compra y entrega a un tercero realizadas por productores y distribuidores y todas las operaciones, tanto de adquisición como de aplicación, realizadas por entidades y usuarios profesionales que prestan servicios de tratamiento con productos fitosanitarios. En este sentido, algunas entidades del sector han manifestado sus dificultades para registrar estas transacciones a tiempo real y están adaptando sus sistemas informáticos para realizar cargas, desde ficheros de datos o plantillas adaptadas. La Dirección de Agricultura y Ganadería, dependiente del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma del País Vasco, es el organismo competente en la elaboración y coordinación de programas y actuaciones en materia de producción y sanidad vegetal y animal, sin perjuicio de las competencias de los Territorios Históricos, en virtud del artículo 17.1.b del Decreto 68/2021, de 23 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente. Teniendo en cuenta todas las consideraciones anteriores y con el propósito de que los sectores afectados puedan adaptarse y cumplir las nuevas obligaciones, RESUELVO : Primero Los operadores de la Comunidad Autónoma del País Vasco del Sector suministrador y tratamientos fitosanitarios inscritos en el ROPO deberán realizar la grabación de los datos de sus transacciones directamente en la aplicación RETO, y su actualización deberá

Publicación oficial en euskadi.eus

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