BOPV nº 26 · 2022-02-07 · Turismo, Comercio y Consumo

ORDEN de 25 de enero de 2022, del Consejero de Turismo, Comercio y Consumo, por la que se regula y convoca el programa de ayudas para titulares de establecimientos de hostelería y de ocio nocturno del País Vasco 2022.

La variante ómicron de la COVID-19 ha irrumpido con fuerza en el conjunto de Europa, y Euskadi no es una excepción. La nueva variante ha demostrado una gran capacidad de contagio, incluso en los países y territorios más protegidos y con altos índices de vacunación. Esta situación motivó la declaración de la situación de emergencia sanitaria en Euskadi, derivada de la pandemia de COVID, mediante Decreto 44/2021, de 2 diciembre, del Lehendakari, con el objeto de hacer frente a la misma. Mediante esta declaración se permite la adopción de medidas y la adecuación del conjunto de recursos públicos involucrados en la lucha contra la pandemia. El Decreto 51/2021, de 28 de diciembre, del Lehendakari, por el que se determinan medidas específicas de prevención, en el ámbito de la declaración de la situación de emergencia sanitaria, como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica y para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, establece, hasta el 28 de enero de 2022, un conjunto de medidas específicas que inciden en las actividades hosteleras y de ocio nocturno. Todas estas nuevas medidas suponen una limitación de la actividad de los sectores del ocio nocturno, hostelería y restauración, limitación que opera en una época especialmente propicia para la actividad económica de estos sectores y, por tanto, supone para muchos establecimientos un problema para cuadrar el resultado económico del año 2021 y condiciona el inicio siempre complicado de un año nuevo, máxime cuando las expectativas sobre el mismo en el sector eran elevadas. Por todo ello, y conscientes del impacto económico de las medidas adoptadas, y con el fin de evitar un parón en la recuperación del sector hostelero y del ocio nocturno, se estima oportuno habilitar un nuevo programa de ayudas extraordinario para estas empresas y personas autónomas que pueda paliar las consecuencias económicas de la nueva situación. En su virtud, la ayuda se concibe y articula con la finalidad básica de contribuir al mantenimiento de la actividad, pero también del empleo y, con ello, no solo paliar las pérdidas económicas de las personas titulares de las actividades que hayan quedado afectadas por las medidas impuestas para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, sino contribuir al mantenimiento de los puestos de trabajo asociados a la misma. Con ello, uno de los objetivos del Departamento de Turismo, Comercio y Consumo, en este nuevo planteamiento es fomentar y contribuir al mantenimiento del empleo, y para ello estima conveniente introducir para el cálculo de las ayudas un nuevo concepto, el de «plantilla media». A estos efectos considera necesario requerir el «informe de plantilla media de personas trabajadoras en alta». Sin embargo, las medidas y restricciones adoptadas, en especial las limitaciones en materia de horarios, aforos y la prohibición de consumir de pie, no afectan por igual a todas las empresas y personas autónomas de los s

Publicación oficial en euskadi.eus

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