BOPV nº 32 · 2022-02-14 · Educación

ORDEN de 2 de febrero de 2022, del Consejero de Educación, por la que se modifica la autorización del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria CPEIPS «Ama Guadalupekoa» HLBHIP de Hondarribia (Gipuzkoa).

Examinado el expediente iniciado por la representante de la entidad titular del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria CPEIPS «Ama Guadalupekoa» HLBHIP de Hondarribia (Gipuzkoa), en solicitud de autorización para la ampliación de una unidad de primer ciclo de Educación Infantil en dicho centro. Resultando que el citado expediente ha sido tramitado de conformidad con el procedimiento establecido, que se ha unido al mismo la documentación exigida por la normativa vigente y que ha sido informado por los organismos competentes en la materia. Vistos el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril (BOE del 9), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE del 12 de marzo), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria, Decreto 215/2004 de 16 de noviembre (BOPV del 19 de noviembre), por el que se establecen los requisitos mínimos de las Escuelas Infantiles para niños y niñas de 0 a 3 años y demás legislación aplicable en la materia, RESUELVO : Artículo 1 Se autoriza, a partir del curso escolar 2022-2023, la ampliación de una unidad de Educación Infantil al centro docente que se describe a continuación: N.º de código: 012428 y 20001495. Denominación específica: «Ama Guadalupekoa». Titular: Fundación Elikel. Domicilio: Bidasoa Etorbidea, 11. Municipio: Hondarribia. Territorio Histórico: Gipuzkoa. Autorización: ampliación de una unidad de 1.º ciclo de Educación Infantil. Composición resultante: Educación Infantil 1.º ciclo: 4 unidades con la siguiente capacidad: 2 unidades para alumnos y alumnas de 1-2 años con capacidad, cada una de ellas, para 13 puestos escolares. 2 unidades para alumnos y alumnas de 2-3 años con capacidad, cada una de ellas, para 18 puestos escolares. Educación Infantil 2.º Ciclo: 6 unidades con capacidad para 150 puestos escolares. Educación Primaria: 12 unidades con capacidad para 300 puestos escolares. Educación Secundaria Obligatoria: 8 unidades con capacidad para 240 puestos escolares. Bachillerato: 4 unidades con capacidad para 140 puestos escolares. Educación Especial: 2 aulas abiertas. Formación Profesional: Familia Servicios Socioculturales y a la Comunidad: Ciclo Formativo de Grado Superior de Integración Social. Capacidad: 1 ciclo. Familia Sanidad: Ciclo Formativo de Grado Superior de Salud Ambiental. Capacidad: 1 ciclo. Artículo 2 El centro queda obligado al cumplimiento de la normativa vigente en cuanto a la titulación académica y perfil lingüístico del profesorado destinado a las unidades autorizadas por la presente Orden. En caso contrario, procedería la revocación de la autorización otorgada. Artículo 3 El centro deberá cumplir el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, así como las condiciones higiénicas, sanitaria

Publicación oficial en euskadi.eus

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