BOPV nº 42 · 2022-02-28 · Cultura y Política Lingüística

ORDEN de 15 de febrero de 2022, del Consejero de Cultura y Política Lingüística, por la que se regula y convoca la concesión de subvenciones en el ejercicio 2022, para la realización de proyectos y actividades que tengan como objetivo el desarrollo de públicos culturales en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Las instituciones públicas deben afrontar la tarea de superar las barreras que dificultan el encuentro entre la creación y los públicos culturales, sin perder de vista que los públicos son el centro de los proyectos culturales, los protagonistas y los verdaderos sujetos de la cultura. Si bien la oferta genera hábito, en tanto que rutina o costumbre, no se puede dar por hecho que la oferta activa la demanda de manera automática. El desarrollo de públicos culturales va un paso más allá y remite a la necesidad de comprometerse con una verdadera democratización de la cultura, lo que significa que no solo aumente el público cultural, sino que se modifique su estructura social. En las estrategias de desarrollo de públicos culturales no sirven los planteamientos generalistas y requieren estar dirigidas a cada perfil de público. Se trata de consolidar la motivación y participación cultural, llegando a nuevos públicos que habitualmente no participan en la cultura; activar el hábito ocasional o bien mejorar la experiencia obtenida por los públicos en dichas actividades para buscar la fidelización de los que participan habitualmente. Todo ello en aras a eliminar barreras para la participación cultural y fidelizar los públicos. La COVID-19 ha generado un escenario de convivencia diferente que instalará nuevos usos en la sociedad. En esta nueva realidad, la cultura, en términos generales, y las creadoras y los creadores especialmente, padecen un alto grado de vulnerabilidad. La definición de la nueva interacción entre la creación cultural y sus públicos, así como el contexto en que este se dé, nos plantea escenarios sobre los que tenemos que seguir trabajando para adecuarnos a las medidas planteadas por el Gobierno Vasco. Para abordarla se necesitan no solo recursos, sino ideas, nuevas propuestas, que permitan explorar nuevas vías de acción en un contexto en plena transformación. Proyectos que refuercen y alienten las prácticas culturales, que descubran la cultura a nuevos públicos, que consoliden y fidelicen los públicos existentes. De conformidad con el artículo 14 del Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, corresponden al Departamento de Cultura y Política Lingüística, entre otras, las competencias relativas a las actividades artísticas y culturales y su promoción y difusión. Dichas funciones están atribuidas a la Dirección de Promoción de la Cultura a través del Decreto 73/2021, de 23 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Cultura y Política Lingüística. Asimismo, la normativa vigente en la Comunidad Autónoma de Euskadi en materia de subvenciones y ayudas está contenida en el Título VI del Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Orde

Publicación oficial en euskadi.eus

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