BOPV nº 44 · 2022-03-02 · Gobernanza Pública y Autogobierno
RESOLUCIÓN 29/2022, de 1 de marzo, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del acuerdo por el que se aprueban los incrementos, para el año 2022, de las retribuciones del personal al servicio del sector público de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Habiéndose aprobado por el Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día 22 de febrero de 2022, el Acuerdo por el que se aprueban los incrementos, para el año 2022, de las retribuciones del personal al servicio del sector público de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y a los efectos de darle la publicidad debida, RESUELVO : Artículo único Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Acuerdo por el que se aprueban los incrementos, para el año 2022, de las retribuciones del personal al servicio del sector público de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, que figura como anexo a la presente. En Vitoria-Gasteiz, a 1 de marzo de 2022. El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, JON IÑAKI URBINA GARCÍA DE VICUÑA. ANEXO A LA RESOLUCIÓN 29/2022, DE 1 DE MARZO, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBAN LOS INCREMENTOS PARA EL AÑO 2022 DE LAS RETRIBUCIONES DEL PERSONAL AL SERVICIO DEL SECTOR PÚBLICO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI La Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, fija en su artículo 19 las bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica en materia de gastos de personal al servicio del sector público. El apartado Dos de este artículo establece que, en el año 2022, las retribuciones del personal al servicio del sector público no podrán experimentar un incremento global superior al 2 por ciento, respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2021, en términos de homogeneidad para los dos periodos de la comparación, tanto por lo que respecta a efectivos de personal como a la antigüedad del mismo. Ese mismo porcentaje será aplicable también a los altos cargos, personal directivo y personal laboral del sector público. En el ámbito autonómico, el artículo 19 de la Ley 11/2021, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2022, establece las retribuciones del personal al servicio del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi. El apartado 1 del artículo 19 prevé que, sin perjuicio de las disposiciones que con carácter básico se puedan dictar en relación con los gastos del personal al servicio del sector público, en el año 2022 las retribuciones anuales íntegras del personal al servicio de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi, organismos autónomos, entes públicos de derecho privado y consorcios del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi no sujeto a régimen laboral no podrán experimentar un crecimiento global superior al 2 % con respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2021, en términos de homogeneidad para los dos periodos de comparación, por lo que respecta tanto a efectivos de personal como a la antigüedad y al régimen de jornada del mismo. El apartado 5 del artículo 19, dispone que las retribuciones