BOPV nº 51 · 2022-03-11 · Osakidetza-Servicio vasco de salud

RESOLUCIÓN 800/2022, de 25 de febrero, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de encomienda de gestión entre Osakidetza-Servicio vasco de salud y el Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos (HABE), para la gestión de la formación lingüística del personal de Osakidetza-Servicio vasco de salud y otras posibles actividades de colaboración.

Osakidetza-Servicio vasco de salud y el Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos (HABE) han suscrito el mencionado acuerdo, por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 11.3.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a los efectos de darle la publicidad debida, RESUELVO : Artículo único Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Acuerdo de Encomienda de Gestión entre Osakidetza-Servicio vasco de salud y el Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos (HABE), para la gestión de la formación lingüística del personal de Osakidetza-Servicio vasco de salud y otras posibles actividades de colaboración, que figura como anexo a la presente Resolución. En Vitoria-Gasteiz, a 25 de febrero de 2022. La Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, MARÍA ROSA PÉREZ ESQUERDO. ANEXO ACUERDO DE ENCOMIENDA DE GESTIÓN ENTRE OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD Y EL INSTITUTO DE ALFABETIZACIÓN Y REEUSKALDUNIZACIÓN DE ADULTOS (HABE), PARA LA GESTIÓN DE LA FORMACIÓN LINGÜÍSTICA DEL PERSONAL DE OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD Y OTRAS POSIBLES ACTIVIDADES DE COLABORACIÓN En Vitoria-Gasteiz, el 22 de febrero de 2022. REUNIDOS : De una parte, María Rosa Pérez Esquerdo Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, nombrada por Acuerdo de 23 de octubre de 2020, del Consejo de Administración (BOPV n.º 216, de 2 de noviembre de 2020), quien actúa en virtud de las facultades conferidas por el artículo 11 de los Estatutos Sociales del Ente público. De otra, Jokin Azkue Arrastoa, Director General del Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos (HABE), nombrado por Decreto 14/2017, de 10 de enero, del Consejero de Cultura y Política Lingüística (BOPV n.º 9, de 13 de enero de 2017), conforme a lo previsto en la Ley 29/1983, de 25 de noviembre, de creación del Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos y de regulación de los euskaltegis MANIFIESTAN: Que, tras el reconocimiento en el Estatuto de Autonomía del País Vasco de 1979 del euskera, junto con el castellano, como lengua oficial de la Comunidad Autónoma Vasca, la Ley 10/1982, de Normalización del Uso del Euskera, contempló el derecho de la ciudadanía vasca a comunicarse y ser atendida en euskera en sus relaciones con la administración pública en el ámbito de la comunidad autónoma, para lo cual confirió a los poderes públicos la competencia en la adopción de medidas encaminadas a garantizar los derechos de la ciudadanía y a proceder a la euskaldunización gradual de cada sector de la administración. Que, el artículo 20 de la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi crea el ente público Osakidetza-Servicio vasco de salud, bajo la naturaleza jurídica de ente público de derecho privado y adscrito al Departamento de la Administración General competente en materia de sanidad, y le atribuye la finalidad de desempeñar la provisión de servicios sanitarios me

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