BOPV nº 65 · 2022-03-31 · Trabajo y Empleo
RESOLUCIÓN de 23 de marzo de 2022, de la Directora General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por la que se procede a la publicación del Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por el que se asignan recursos económicos destinados a la financiación, en el año 2022, de las subvenciones previstas en la Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de 13 de abril de 1994, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones consistentes en el abono de cuotas a la seguridad social, según lo dispuesto en el artículo 4.2 del Real Decreto 1044/1985, a las personas perceptoras de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único.
El Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, mediante Acuerdo adoptado en su sesión de 22 de marzo de 2022, ha procedido a asignar los recursos económicos destinados a la financiación, en el año 2022, de las subvenciones previstas en la orden del ministerio de trabajo y seguridad social de 13 de abril de 1994, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones consistentes en el abono de cuotas a la seguridad social, según lo dispuesto en el artículo 4.2 del Real Decreto 1044/1985, a las personas perceptoras de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único. Por todo ello, RESUELVO : Primero Proceder a la publicación del Acuerdo adoptado por el Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, en su sesión de 22 de marzo de 2022, por el que se asignan recursos económicos destinados a la financiación, en el año 2022, de las subvenciones previstas en la orden del ministerio de trabajo y seguridad social de 13 de abril de 1994, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones consistentes en el abono de cuotas a la seguridad social, según lo dispuesto en el artículo 4.2 del Real Decreto 1044/1985, a las personas perceptoras de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único. Segundo Informar que el Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo del que se da publicidad surtirá efectos desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco. Tercero Hacer saber que contra el Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo por el que se aprueba la convocatoria podrá interponerse recurso de reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, o bien, directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a dicha publicación. En Vitoria-Gasteiz, a 23 de marzo de 2022. La Directora General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, MARIA GLORIA MÚGICA CONDE. ANEXO PROPUESTA DE ACUERDO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LANBIDE-SERVICIO VASCO DE EMPLEO, POR EL QUE SE ASIGNAN RECURSOS ECONÓMICOS DESTINADOS A LA FINANCIACIÓN, EN EL AÑO 2022, DE LAS SUBVENCIONES PREVISTAS EN LA ORDEN DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE 13 DE ABRIL DE 1994, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE LAS SUBVENCIONES CONSISTENTES EN EL ABONO DE CUOTAS A LA SEGURIDAD SOCIAL, SEGÚN LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 4.2 DEL REAL DECRETO 1044/1985, A LAS PERSONAS PERCEPTORAS DE LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO EN SU MODALIDAD DE PAGO ÚNICO El objeto de la Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de 13 de abril de 1994, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones de cuotas a la Segur