BOPV nº 67 · 2022-04-04 · Osakidetza-Servicio vasco de salud

RESOLUCIÓN 871/2022, de 14 de marzo, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se convoca la provisión, mediante libre designación, de un puesto de Jefe/a de la Unidad de Gestión Clínica de Anatomía Patológica de Araba.

El artículo 16 del Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, establece que las organizaciones de servicios sanitarios adaptarán progresivamente la gestión de sus servicios y unidades asistenciales hacia el objetivo de integración de las funciones directoras clínica y gestora. En coherencia con el referido objetivo, el Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, mediante Acuerdo de 23 de julio de 2019, reguló la constitución, estructura y funcionamiento de las unidades de gestión clínica, los contratos de gestión clínica, las unidades de referencia y los acuerdos de gestión clínica. La experiencia acumulada desde la adopción del acuerdo aconseja introducir algunas variantes, especialmente cuando se trata de Unidades de Gestión que agrupan recursos de dos o más organizaciones. En estas situaciones, la trascendencia del cambio organizacional subsiguiente aconseja situar el acuerdo de constitución en el marco de la toma de decisiones del Consejo de Administración, como organismo responsable de la creación de organizaciones sanitarias integradas y/o modificación de las mismas, proceda a la adecuación de la denominación y funciones de los órganos de dirección y gestión de las organizaciones agrupadas, de acuerdo con la disposición final tercera del Decreto 100/2018, de 3 de julio, de las organizaciones sanitarias integradas del ente público Osakidetza-Servicio vasco de salud. En este sentido, el artículo 2.3 del Acuerdo de 23 de julio de 2019 referido establece que «las unidades de gestión clínica podrán agrupar servicios o unidades completas pertenecientes a la misma o a distintas Organizaciones de Servicios. Podrán integrar también recursos adscritos a una determinada unidad o servicio sin que deba integrarse la unidad o servicio en su totalidad». Y, por su parte, en su artículo 3.1, segundo párrafo, se indica que «las unidades de gestión clínica que afecten a más de una organización de servicios se constituirán por Acuerdo del Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, a propuesta del Director Gerente de las Organizaciones de Servicios implicadas, vehiculizada por el Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud». A su vez, la creación de unidades de gestión clínica que agrupen unidades y/o servicios de más de una organización también aconseja, a su vez, la creación de una comisión de coordinación integrada por las direcciones gerencia, las direcciones asistenciales de las organizaciones sanitarias que la conforman y la persona que ejerce la jefatura de la unidad, para una más eficaz coordinación en el seno de la misma. Mediante Acuerdo del Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, de 28 de octubre de 2021, se aprueba la constitución de la Unidad de Gestión Clínica de Anatomía Patológica de Araba, a la que serán de aplicación las normas de estructura y funcionamiento reguladas en

Publicación oficial en euskadi.eus

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