BOPV nº 72 · 2022-04-11 · Planificación Territorial, Vivienda y Transportes

RESOLUCIÓN de 28 de marzo de 2022, de la Directora de Infraestructuras del Transporte, por la que se aprueba la relación de bienes y derechos afectados por el «Proyecto constructivo para la reparación del talud del PK29/735-29/770 del tramo Urduliz Plentzia del ferrocarril metropolitano de Bilbao» y se convoca a sus titulares al levantamiento de Actas Previas a la Ocupación.

Mediante Resolución de fecha 21 de enero de 2022 se aprobó el «Proyecto constructivo para la reparación del talud del PK29/735-29/770 del tramo Urduliz Plentzia del ferrocarril metropolitano de Bilbao». El Proyecto define las obras necesarias para establecer y describir las actuaciones y medidas a realizar para la reparación del talud del PK29/735-29/770 del tramo Urduliz Plentzia del ferrocarril metropolitano de Bilbao. A efectos de obtención de los terrenos y de la gestión de los bienes y derechos afectados, el proyecto contiene la identificación pormenorizada de los mismos mediante la relación y planos parcelarios del Anejo de expropiaciones. Mediante Resolución de 11 de febrero de 2022, de la Directora de Infraestructuras del Transporte, se acordó iniciar el procedimiento de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para la ejecución del proyecto y someter a información pública la relación del Anejo de expropiaciones, notificándose a las personas interesadas y publicándose el día 1 de marzo en el Boletín Oficial del País Vasco, en el Boletín Oficial de Bizkaia y en los diarios «El Correo» y «Deia». La citada relación de bienes y derechos quedó asimismo expuesta en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Barrika. En este trámite se ha presentado un escrito de alegaciones el cual, ha sido remitido a los Servicios Técnicos a los efectos de adopción de medidas y tenidas en cuenta a efectos de rectificación de errores en su caso, remitiendo respuesta individualizada. Finalizado el plazo de información pública, se ha procedido a la confección definitiva de la relación de bienes y derechos afectados. Este órgano es competente para la tramitación de los expedientes de expropiación necesarios para la ejecución de las actuaciones en materia de infraestructura del transporte, según lo dispuesto en el artículo 16.2.c) del Decreto 11/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes del Gobierno Vasco. A tenor de lo dispuesto en el artículo 6.2 de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario, la aprobación de proyectos de líneas ferroviarias, tramos de las mismas u otros elementos de la infraestructura ferroviaria o de modificación de las preexistentes que requiera la utilización de nuevos terrenos, supondrá, a efectos de la expropiación forzosa de los bienes y derechos afectados identificados en los mismos, la declaración de utilidad pública o interés social, la necesidad de ocupación y la declaración de urgencia de la misma, declaración legal que faculta a la administración para acudir al procedimiento previsto en el artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa, procediendo a la ocupación de los terrenos o a la disposición de los bienes afectados, previo levantamiento de actas en las que se describan dichos bienes o derechos, se identifique a sus titulares y se hagan constar los datos precis

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