BOPV nº 72 · 2022-04-11 · eLankidetza-Agencia Vasca de Cooperación y Solidaridad

RESOLUCIÓN de 11 de marzo de 2022, del Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, por la que se convocan ayudas a proyectos de acción humanitaria para el ejercicio 2022.

El Decreto 90/2019, de 18 de junio, regula las ayudas a intervenciones de acción humanitaria (Boletín Oficial del País Vasco n.º 120, de 26 de junio de 2019). De conformidad con lo establecido en el artículo 7 del citado Decreto, procede convocar las ayudas a proyectos de acción humanitaria para el ejercicio 2022. Esta convocatoria se enmarca dentro del Plan Estratégico de Subvenciones para el año 2022 de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo. El Consejo Rector de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, en sesión celebrada el 25 de enero de 2022, de acuerdo con las facultades que le confieren el artículo 10 de la Ley 5/2008, de 9 de junio, de creación de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, ha acordado y propuesto al Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo la aprobación de la presente Resolución de convocatoria, así como los criterios básicos para su otorgamiento. En su virtud, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. El objeto de la presente Resolución es convocar, para el ejercicio 2022, las ayudas reguladas por el Decreto 90/2019, de 18 de junio (Boletín Oficial del País Vasco n.º 120, de 26 de junio de 2019), en la modalidad de ayudas a proyectos de acción humanitaria, dirigidas a las poblaciones que sufren crisis humanitarias en contextos de conflictos y otras situaciones de violencia, identificados mediante estándares internacionales utilizados en el ámbito humanitario. Artículo 2 Dotación económica. La dotación económica para la modalidad de proyectos de acción humanitaria, concedidos mediante procedimiento de concurrencia sucesiva asciende a 4.000.000 euros. El importe máximo a subvencionar por cada intervención será de 200.000 euros. Se priorizarán las iniciativas de proyectos de acción humanitaria realizados en el continente africano. Con ese objetivo, se reservará al menos 1.600.000 euros para financiar proyectos a ejecutar en África que cumplan con los requisitos exigidos por la normativa reguladora de las ayudas. El agotamiento de los fondos destinados a las ayudas a proyectos de acción humanitaria, concedidos mediante procedimiento de concurrencia sucesiva, será publicado en el Boletín Oficial del País Vasco mediante Resolución del Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo. Artículo 3 Plazo, presentación y formalización de solicitudes. Las solicitudes de ayudas a proyectos de acción humanitaria podrán presentarse a lo largo de todo el ejercicio presupuestario del año 2022, a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, sin perjuicio de la finalización del plazo en caso de agotamiento de la dotación económica asignada en dicha modalidad subvencional, en la fecha en que se dé publicidad de ello en el citado Boletín. A cada entidad, de manera individual o en agrupación, podrá concedérsele como máximo 2 solicitudes. La realización de solicitudes, requerimientos, notificaciones y demás gestiones derivadas

Publicación oficial en euskadi.eus

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