BOPV nº 76 · 2022-04-20 · Igualdad, Justicia y Políticas Sociales
ORDEN de 30 de marzo de 2022, de la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, por la que se efectúa, para el año 2022, la convocatoria prevista en el Decreto 271/2012, de 4 de diciembre, por el que se regulan las subvenciones para el fomento de actividades del tercer sector en el ámbito de la intervención social en el País Vasco.
La Ley 6/2016 del Tercer Sector Social de Euskadi (LTSSE) reconoce que «las organizaciones de iniciativa social e intervención social constituyen un activo fundamental de la sociedad vasca y su contribución resulta imprescindible para construir una sociedad que sea, a la vez, justa y solidaria, igualitaria y cohesionada, democrática y participativa, así como para responder de manera más adecuada integral, cercana, personalizada, participativa a las necesidades sociales, desde la colaboración entre sectores y con la participación de las propias personas, familias, colectivos o comunidades destinatarias». Así, el Gobierno Vasco, desarrollando la LTSSE y el programa de gobierno de la XII Legislatura, ha actualizado, en colaboración con las organizaciones y redes del TSSE, a través de la Mesa de Diálogo Civil de Euskadi, la Estrategia de Promoción del Tercer Sector Social de Euskadi y elaborado este Plan de legislatura 2021-2024, a fin de continuar fortaleciendo e impulsando el TSSE y consolidar en la práctica este nuevo marco que guarda coherencia con la trayectoria de colaboración entre el sector público vasco y el TSSE pero representa un salto cualitativo cuyos pilares fundamentales son el diálogo civil y el modelo mixto. Mediante la presente Orden se da cumplimiento y desarrollo para el año 2022 a las previsiones contenidas en el Decreto 271/2012, de 4 de diciembre, por el que se regulan las subvenciones para el fomento de actividades del tercer sector en el ámbito de la intervención social en el País Vasco. En términos generales no se reiterarán en esta Orden los contenidos de dicho Decreto, de obligada consulta para las entidades que deseen presentarse a esta convocatoria de subvenciones. Dicho Decreto, al amparo de la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales, entiende las actividades de intervención social como aquellas orientadas a proteger y promover la autonomía personal e integración comunitaria de todas las personas, familias, grupos y comunidades. El mencionado Decreto, igualmente, obliga al Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales a tomar en consideración de forma especialmente atenta, en dicha labor de fomento, las perspectivas y políticas transversales de su específica responsabilidad, como son las relacionadas con la inclusión social, la familia, la infancia y adolescencia, la inmigración y la diversidad y libertad afectivo sexual, así como las que tienen que ver con la discapacidad y la dependencia, las personas mayores y, singularmente, la igualdad de género. En este contexto y dentro de los ejes generales de actuación de la «XII Legislatura 2020-2024» está la de reforzar la transversalidad de las políticas de Igualdad entre hombres y mujeres y también la necesidad de impulsar un cambio de valores desde la coeducación. Por otro lado, el Gobierno Vasco, de acuerdo con lo previsto en el artículo 40.9 de la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales, tiene competencia en el fomento y la promoción