BOPV nº 80 · 2022-04-26 · Educación

ORDEN de 11 de abril de 2022, del Consejero de Educación, por la que modifica la autorización del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria «Zurriola Ikastola», de Donostia / San Sebastián (Gipuzkoa).

Examinado el expediente iniciado por la entidad titular del Centro privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria «Zurriola Ikastola» de Donostia / San Sebastián (Gipuzkoa) en solicitud de autorización para la modificación de las instalaciones destinadas a dieciocho unidades de Educación Primaria en dicho centro. Resultando que el citado expediente ha sido tramitado de conformidad con el procedimiento establecido, que se ha unido al mismo la documentación exigida por la normativa vigente y que ha sido informado por los organismos competentes en la materia. Vistos el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril (BOE del 9), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, el Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE del 12 de marzo), por el que se modifica el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE del 12 de marzo), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria, y demás legislación aplicable en la materia, RESUELVO : Artículo 1 Se autoriza la modificación de las instalaciones destinadas a dieciocho unidades de Educación Primaria en el centro docente que se describe a continuación: N.º de código: 012372 y 20004241. Denominación genérica: Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria. Denominación específica: «Zurriola Ikastola». Titular: Zurriola Ikastola Sociedad Cooperativa. Domicilio: Indianoene, 1. Municipio: Donostia / San Sebastián. Territorio Histórico: Gipuzkoa. Composición del centro: Educación Infantil 1.º ciclo: 4 unidades para niños y niñas de 2 a 3 años con capacidad, cada una de ellas, para 18 puestos escolares. Educación Infantil 2.º ciclo: 12 unidades con capacidad para 241 puestos escolares. Educación Primaria: 18 unidades con capacidad para 450 puestos escolares. Educación Secundaria Obligatoria: 12 unidades con capacidad para 360 puestos escolares. Bachillerato: Modalidades de «Ciencias» y «Humanidades y Ciencias Sociales», 6 unidades con capacidad para 210 puestos escolares. Educación Especial: 2 aulas abiertas. Artículo 2 El centro deberá cumplir el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, así como las condiciones higiénicas, sanitarias, acústicas, de habitabilidad, de seguridad y de accesibilidad que se señalen en la legislación vigente. La responsabilidad por el incumplimiento de dichas condiciones corresponde al titular del centro. DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA El otorgamiento de la autorización contenida en la presente Orden no implica, en modo alguno, la obtención de ayudas a través del régimen de conciertos educativos o de convocatorias de subvenciones. DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, en el plazo de un mes a partir del día

Publicación oficial en euskadi.eus

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