BOPV nº 83 · 2022-05-02 · Educación

ORDEN de 11 de abril de 2022, del Consejero de Educación, por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Bachillerato correspondientes al curso académico 2021-2022.

La creación de los Premios Nacionales de Bachillerato, como reconocimiento del especial aprovechamiento del alumnado que haya cursado cualquiera de las modalidades del Bachillerato establecidas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, es el objetivo de la Orden EDU/2058/2010, de 13 de julio, por la que se regulan los Premios Nacionales de Bachillerato. Además, en su artículo cuarto dispone que las Administraciones educativas competentes podrán convocar y conceder Premios Extraordinarios de Bachillerato en sus respectivos ámbitos de competencias. El Decreto 166/2013, de 19 de febrero, que modifica el Decreto 35/2011, de 15 de marzo, por el que se regulan las bases reguladoras de los Premios Extraordinarios de Bachillerato de la Comunidad Autónoma del País Vasco y se establecen los requisitos para su concesión, establece que la prueba se convocará anualmente y recoge las condiciones en las que se han de desarrollar las convocatorias anuales. El Departamento de Educación, pretende así reconocer e incentivar el esfuerzo y la dedicación del alumnado que ha finalizado sus estudios de Bachillerato con una trayectoria académica excelente, en el curso académico 2021-2022. En su virtud, a propuesta del Director de Centros y Planificación RESUELVO : Artículo único Aprobar la convocatoria de Premios Extraordinarios de Bachillerato correspondientes al curso 2021-2022, de conformidad con las bases contenidas en el Anexo I de la presente Orden. DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA En todo lo no previsto en la presente Orden en materia de procedimiento será de aplicación la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la persona titular del Departamento de Educación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el mismo diario oficial. DISPOSICIÓN FINAL TERCERA De conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y con la Ley 2/2004, de 25 de febrero, de Ficheros de Datos de Carácter Personal de Titularidad Pública y de Creación de la Agencia Vasca de Protección de Datos, los datos personales recogidos en la tramitación de esta convocatoria, cuyo tratamiento y publicación es autorizado por los y las participantes en la misma, serán incluidos en un fichero denominado Premios Extraordinarios de Bachillerato cuyo objeto será gestionar la presente convocatoria, y en su caso, los

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