BOPV nº 98 · 2022-05-23 · Gobernanza Pública y Autogobierno
RESOLUCIÓN de 16 de mayo de 2022, del Viceconsejero de Función Pública, por la que se regula el procedimiento de adecuación de las bolsas de empleo temporal a la Ley 7/2021, de 11 de noviembre, de los Cuerpos y de las Escalas de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
La nueva ley de cuerpos y escalas, Ley 7/2021, de 11 de noviembre, de los cuerpos y de las escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi modifica los cuerpos y escalas en los que se clasifica al personal funcionario de la Administración General de la CAE. Los cuerpos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi se agrupan, según el nivel de titulación exigido para acceder a los mismos, conforme a lo previsto en el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. La determinación de los cuerpos y escalas a las que se adscribe cada puesto en la nueva Relación de Puestos de Trabajo van a determinar por tanto los procedimientos de selección de personal para la prestación de servicios de carácter temporal que sean necesarios en la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus Organismos Autónomos La disposición adicional cuarta de la Ley, establece que mediante una resolución de la viceconsejería competente en materia de empleo público se adecuarán las bolsas de empleo temporal existentes a la entrada en vigor de esta ley a los nuevos cuerpos y escalas creados en ella. En virtud de este mandato, y de acuerdo con el artículo 17 del Decreto 8/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, y previa negociación con la representación de personal y emitidos los informes preceptivos por parte de los órganos competentes RESUELVO : Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente Resolución regular el procedimiento por el que se adecúan las bolsas de empleo temporal de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus Organismos Autónomos a lo dispuesto en Ley 7/2021, de 11 de noviembre, de los cuerpos y las escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi. A este fin se generan las bolsas empleo temporal correspondientes a los cuerpos y escalas previstos en la citada ley y que se relacionan en el Anexo I. Quedan excluidas de esta regulación las bolsas de empleo temporal utilizadas para la selección de personal laboral temporal y las específicas de puestos relacionadas en el Anexo II. Artículo 2 Ámbito subjetivo. Las personas que forman parte de las bolsas de empleo temporal de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus Organismos Autónomos serán incluidas en las bolsas generadas en los términos que se indican en los artículos siguientes, siempre que cuenten con la titulación exigida para acceder a la escala de la bolsa en la que se incluyan. La inclusión las personas y adecuación de las bolsas a los cuerpos y escalas del grupo B, de los subgrupos C1 y C2 y de la agrupación profesional de personal de apoyo se realiza de forma automática de conformidad con lo dispuesto en los artículos 3 y 4. La inclusión de las personas y adecuación de las bolsas de