BOPV nº 98 · 2022-05-23 · Planificación Territorial, Vivienda y Transportes
ORDEN de 2 de mayo de 2022, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, por la que se establecen las bases y se convoca la concesión de subvenciones a los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma del País Vasco, así como a los concejos de los municipios alaveses, para la elaboración de planes de acción del paisaje para el ejercicio 2022.
El Convenio Europeo del Paisaje, celebrado en Florencia en el 2000, definió al paisaje, como «cualquier parte del territorio tal como la percibe la población, cuyo carácter sea el resultado de la acción y la interacción de factores naturales y/o humanos». Es una cuestión relevante en los ámbitos de la cultura, del medio ambiente, de lo social y de la economía, por tratarse de «un componente fundamental del patrimonio natural y cultural europeo, que contribuye al bienestar de los seres humanos y a la consolidación de la identidad europea», bien se trate de zonas urbanas o de zonas rurales, de zonas degradadas o de gran calidad, bien sean los espacios de reconocida belleza excepcional o los más cotidianos. El paisaje supone, pues, una dimensión esencial del territorio y, por lo tanto, una pieza clave en su ordenación. El Decreto 90/2014, de 3 de junio, sobre protección, gestión y ordenación del paisaje en la ordenación del territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco tiene por objeto la integración del paisaje en la ordenación territorial, haciendo más explícita la dimensión del paisaje como elemento de incidencia territorial e incluyendo los criterios y procedimientos necesarios para asegurar la coordinación de acciones con incidencia territorial que corresponda desarrollar a la diferentes Administraciones Públicas en el ejercicio de sus respectivas competencias. Entre los instrumentos para la protección, gestión y ordenación del paisaje recogidos en el artículo 3 del citado Decreto se encuentran los Planes de Acción del Paisaje, los cuales son definidos en el artículo 6 como las herramientas de gestión que, basándose en los Catálogos del paisaje y en las Determinaciones del paisaje, concretan las acciones a llevar a cabo en el marco de las actuaciones para la protección, la gestión y la ordenación del paisaje. La Ley 11/2021, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2022 ha vuelto a prever la incorporación del paisaje en los campos de la acción municipal, entre los objetivos del programa de ordenación territorial, por lo que se cuenta con crédito presupuestario suficiente. Para su consecución recoge tanto el seguimiento de los Planes de Acción de Paisaje ya adjudicados en ejercicios anteriores, como la tramitación de una nueva orden de subvenciones. Se busca la puesta en valor de diferentes paisajes, pero como en la anterior convocatoria, se valora en mayor medida los planes ubicados en los ámbitos deteriorados y degradados que precisen de ordenación, y especialmente, en los ámbitos de desarrollos residenciales e industriales del siglo XX. Por otra parte, cabe señalar que estas subvenciones se encuentran contenidas en el Plan Estratégico de Subvenciones 2021-2024, aprobado por Orden de 2 de junio de 2021, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, tal y como exige el artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subve