BOPV nº 108 · 2022-06-06 · Gobernanza Pública y Autogobierno

RESOLUCIÓN de 23 de mayo de 2022, de la Directora de Relaciones con las Administraciones Locales y Registros Administrativos, por la que se modifica el sistema de provisión de los puestos de trabajo de Secretaría General del Pleno, de la Intervención general municipal y de Tesorería del Ayuntamiento de San Sebastián, reservados a personal funcionario con habilitación de carácter nacional.

La Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local (en adelante, LRSAL) incorporó a la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local (en adelante, LBRL) un nuevo artículo, el artículo 92 bis. El apartado primero del citado artículo 92 bis establece que existen determinadas funciones públicas necesarias en todas las Corporaciones Locales, cuya responsabilidad administrativa está reservada a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional; y entre dichas funciones se encuentran las de contabilidad, tesorería y recaudación. De conformidad con el apartado 6 de dicho precepto, excepcionalmente, los puestos de trabajo reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional podrán cubrirse por el sistema de libre designación, en los municipios incluidos en el ámbito subjetivo definido en los artículos 111 y 135 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, así como las Diputaciones Provinciales, Áreas Metropolitanas, Cabildos y Consejos Insulares y las ciudades con estatuto de autonomía de Ceuta y Melilla, entre funcionarios de la subescala y categoría correspondiente. Cuando se trate de puestos de trabajo que tengan asignadas las funciones de control y la fiscalización interna de la gestión económico-financiera y presupuestaria, y la contabilidad, tesorería y recaudación, será precisa la autorización expresa del órgano competente de la Administración General del Estado en materia de Haciendas locales. En virtud de lo previsto en el apartado cuarto del artículo 92.bis, se aprobó el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. El artículo 27 del citado Real Decreto, en los mismos términos que el artículo 92 bis, establece que como regla general la provisión definitiva de los mismos mediante el sistema de concurso de méritos, y que excepcionalmente, dichos puestos de trabajo podrán cubrirse por el sistema de libre designación entre funcionarios de la subescala y categoría correspondiente, cuando se trate de puestos en capitales de provincia, o de comunidad autónoma, o que tengan población de derecho igual o superior a 75.000 habitantes, entre otros supuestos previstos en el artículo 92 bis. En dicho sentido, el artículo 45.2 del citado reglamento establece que para optar por el sistema de libre designación se requiere la modificación previa en tal sentido de la correspondiente Relación de Puestos de Trabajo, y comunicación al órgano competente de la Comunidad Autónoma, a efectos de clasificación del sistema de provisión, sin perjuicio de la necesaria autorización expresa del órgano competente de la Administración del Estado en materia de haciendas locales, cuando se trate de puestos que tengan asignadas las funciones de control y fis

Publicación oficial en euskadi.eus

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