BOPV nº 108 · 2022-06-06 · Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente
ORDEN de 25 de mayo de 2022, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, por la que se convocan, para el ejercicio 2022, las subvenciones previstas en el Decreto 202/2015, de 27 de octubre, por el que se regulan las subvenciones a empresas para la realización de inversiones destinadas a la protección del medio ambiente.
Con fecha 6 de noviembre de 2015 tuvo lugar la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco del Decreto 202/2015, de 27 de octubre, por el que se regulan las subvenciones a empresas para la realización de inversiones destinadas a la protección del medio ambiente. El citado Decreto se dictó en aplicación de las Directrices sobre ayudas estatales en materia de protección del medio ambiente y energía 2014-2020 (DO, C 200, 28-06-2014) y del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de 17 de junio de 2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y pretende incentivar, básicamente, las inversiones encaminadas a alcanzar un nivel de protección del medio ambiente que permita a la empresa beneficiaria superar las normas comunitarias vigentes, incluyendo los estudios directamente vinculados a estas inversiones. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 202/2015, de 27 de octubre, por el que se regulan las subvenciones a empresas para la realización de inversiones destinadas a la protección del medio ambiente, anualmente se procederá a la publicación de la pertinente Orden de convocatoria con el contenido que en el citado artículo se contempla. En este sentido, la presente Orden, en cumplimiento del mandato contenido en el Decreto mencionado, viene a establecer: las líneas concretas objeto de ayuda; las concretas disponibilidades presupuestarias para cada uno de los procedimientos de adjudicación y para cada una de las líneas y sublíneas de ayuda; el plazo de presentación de solicitudes; la documentación que se ha de entregar al presentar la solicitud; la puntuación mínima que deben alcanzar las solicitudes para su valoración; la cuantía mínima a otorgar por proyecto y la cuantía máxima de las subvenciones a otorgar por proyecto y/o centro de producción; así como, el resto del contenido necesario de la convocatoria establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y demás normativa de aplicación. El Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente en sintonía con su propio Documento Programático de Política de Igualdad en el marco del VII Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres en la CAE aprobado el 19 de junio de 2018, tendrá en cuenta aquellas actuaciones que incorporen la perspectiva de género para su desarrollo, considerándolas de carácter estratégico de acuerdo a los criterios establecidos en la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres. Conforme a la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, la competencia para la gestión de este régimen subvencional corresponde a la Dirección de Calidad Ambiental y Economía Circular. Será su Director quien asumirá el papel de Presidente del Tribunal de Valoración, y designará a dos personas funcionarias adscritas a la mencionad