BOPV nº 122 · 2022-06-24 · Educación
ORDEN de 16 de junio de 2022, del Consejero de Educación, por la que se regula el procedimiento de adjudicación de comienzo de curso de puestos de trabajo a candidatos y candidatas de la lista para la cobertura de necesidades temporales de personal docente en centros públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
El comienzo de cada curso escolar supone la realización de una serie de procesos de planificación e identificación de necesidades de personal docente, que se materializa en el desarrollo de una serie de procedimientos de gestión de personal, cuyo colofón es la adjudicación de comienzo de curso. En la misma, se asignan los puestos de trabajo docentes a las personas funcionarias de carrera sin destino definitivo o que no van a desempeñarlo, a las que han resultado seleccionadas en los procesos selectivos y a las que forman parte de la lista de candidatos y candidatas a sustituciones. Los puestos de trabajo que se asignan mediante este procedimiento son aquellos cuya duración prevista sea la del curso escolar completo y que no se encuentren ocupados por su titular. A lo largo de estos últimos años se han venido dando nuevos pasos orientados a una gestión más eficaz y adecuada en la adjudicación de comienzo de curso, así como en la respuesta que, con carácter general, se debe dar a las necesidades de personal que se generan en todos los niveles y ámbitos del sistema. Hasta ahora, la elección de puesto se venía realizando mediante una sucesión de procesos de adjudicaciones de puestos de trabajo convocadas en tres fases diferenciadas atendiendo a la condición de las personas participantes. En primer lugar, se realizaba el procedimiento de adjudicación del personal funcionario de carrera sin destino definitivo o que no iba a desempeñarlo. Posteriormente se realizaba el procedimiento de adjudicación de puestos del personal que tenía que realizar las prácticas. Finalmente, se realizaba la adjudicación de los puestos de trabajo que, una vez realizados los dos procesos anteriores, siguiesen quedando libres, ofertándose estas al personal integrante de las listas de candidatos y candidatas a sustituciones. Para cada uno de los procesos se realizaban los consiguientes procedimientos de petición, resolución provisional de adjudicación, plazo de reclamaciones y resolución definitiva de las adjudicaciones. Una vez analizados estos procesos, se ha apreciado que no existe inconveniente en realizar todas las adjudicaciones en un único procedimiento, evitando así la duplicidad de los mismos y simplificando la adjudicación de inicio de curso. El nuevo proceso consta de una única fase de adjudicación que se realizará atendiendo al siguiente orden de prioridad: en primer lugar, tendrán prioridad de adjudicación las personas funcionarias de carrera sin destino definitivo o que no van a desempeñarlo; en segundo lugar, tendrán prioridad de adjudicación las personas seleccionadas en los procesos selectivos; finalmente, los puestos restantes se adjudicarán al personal integrante de las listas de sustituciones. Son diversas las Ordenes que en relación con esta materia vienen a regular las adjudicaciones de puestos de trabajo vacantes de comienzo de curso, así como los sistemas de gestión para llevarlos a cabo, para cada uno de los colectivos indicados: En este sentido, citar