BOPV nº 122 · 2022-06-24 · Osakidetza-Servicio vasco de salud

RESOLUCIÓN 1208/2022, de 2 de junio, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se regulan los requisitos, solicitudes y procedimiento de asignación del nivel de desarrollo profesional de la convocatoria extraordinaria para profesionales pertenecientes a las organizaciones de servicios dependientes de Osakidetza-Servicio vasco de salud.

Conforme al artículo 11 de los Decretos 395/2005, de 22 de noviembre, 35/2007, de 27 de febrero, y 248/2007, de 26 de diciembre, por los que se regula el desarrollo profesional del personal licenciado sanitario, diplomado sanitario y personal no sanitario y sanitario de formación profesional que prestan servicios en Osakidetza-Servicio vasco de salud, corresponde a la Dirección General de Osakidetza-Servicio vasco de salud efectuar la convocatoria del proceso de evaluación para el encuadramiento en cada nivel. La presente Resolución, se dicta una vez resueltas las convocatorias de desarrollo profesional reguladas por las Resoluciones 1930 y 1931/2011, de 29 de diciembre, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por las que se regula la asignación del nivel de desarrollo profesional correspondiente al ejercicio 2011, para profesionales pertenecientes a Osakidetza-Servicio vasco de salud. Las citadas convocatorias ordinaria y extraordinaria fueron suspendidas por la Resolución 558/2014, de 8 de mayo, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, que acordó su suspensión ante la situación económica planteada y en aplicación de las Leyes de Presupuestos. Contra dicha Resolución 558/2014 fue interpuesto recurso contencioso-administrativo, dictándose la Sentencia n.º 246/2017, de 28 de septiembre, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 1 de Vitoria-Gasteiz, que estimó parcialmente el recurso contencioso-administrativo reconociendo el derecho del personal de Osakidetza-Servicio vasco de salud participante en las convocatorias a que se resuelvan las mismas hasta la asignación de niveles que proceda, adjudicando a cada participante el nivel que corresponda, sin efectos económicos. En ejecución provisional de dicha sentencia, ordenada mediante Auto n.º 243/2017, de 18 de diciembre, se dicta la Resolución 36/2018, de 1 de febrero, del Director de Recursos Humanos de Osakidetza-Servicio vasco de salud, que inicia las actuaciones pertinentes para la finalización de las convocatorias suspendidas, las cuales mantienen la validez de todas las actuaciones realizadas hasta la suspensión. La sentencia 225/18, de 9 de mayo, del Tribunal Superior del País Vasco reconoce el derecho del personal a las retribuciones que le correspondan por la carrera profesional, con abono de los atrasos correspondientes. Finalizados los procesos de evaluación y asignación de niveles de desarrollo profesional, las Resoluciones 1250, 1251, 1252 y 1253 de 30 de noviembre de 2018 de la Dirección General de Osakidetza-Servicio vasco de salud (BOPV n.º 241, de 17 de diciembre de 2018) publican la asignación definitiva del nivel de desarrollo profesional resultante del proceso de evaluación. Siendo las convocatorias reguladas por las Resoluciones 1930 y 1931/2011, de 29 de diciembre, las ultimas efectuadas en Osakidetza-Servicio vasco de salud y, al objeto de resolver la situación generada como consecuencia de la suspensión de los procesos de evaluac

Publicación oficial en euskadi.eus

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