BOPV nº 124 · 2022-06-28 · Igualdad, Justicia y Políticas Sociales
ORDEN de 7 de junio de 2022, de la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, por la que se regula el procedimiento para la provisión temporal de puestos de trabajo en la Administración de Justicia de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
La Ley Orgánica del Poder Judicial contempla en su artículo 527 la provisión temporal de puestos vacantes mediante la comisión de servicios y sustitución, y el artículo 514 el reingreso al servicio activo con carácter provisional mediante la adscripción a una plaza vacante. Al amparo de dicha norma, se dictó por el Ministerio de Justicia, el Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, que regula en los artículos 69, 73 y 74 la materia relativa al reingreso al servicio activo, las comisiones de servicio y las sustituciones. Por Decreto 60/1996, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias de 16 de febrero de 1996 y Real Decreto 514/1996, de 15 de marzo, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Euskadi en materia de medios personales al servicio de la Administración de Justicia, corresponde a esta Comunidad el ejercicio de las funciones en dicha materia en los términos establecidos en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. La finalidad de esta Orden es establecer criterios precisos que posibiliten cubrir las necesidades de personal que se produzcan en órganos, servicios o unidades de la Administración de Justicia de la Comunidad Autónoma de Euskadi, mediante la cobertura temporal por personal funcionario de carrera, de puestos vacantes que no están ocupados por personal funcionario titular ni interino. A través de esta regulación se logra una mayor concreción de los supuestos que recoge cada una de los procedimientos, comisiones de servicio, sustituciones y adscripción provisional, así como establecer criterios más claros de prioridad en la adjudicación de los mismos. En virtud de lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37 y siguientes de la Ley 7/2007, de 12 de abril, por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público, y en el artículo 496 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la propuesta de Orden ha sido tratada con las organizaciones sindicales con representación en el sector, en la reunión de la Comisión de Seguimiento, Interpretación y Evaluación del IV Acuerdo, celebrada con fecha 3 de mayo de 2021, en la que se suscribió con la representación sindical de ELA, LAB y CSIF. La representación de CC.OO. no firma dicho acuerdo, DISPONGO : CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 Objeto. La presente Orden tiene por objeto regular el procedimiento para la provisión temporal de puestos de trabajo en órganos, servicios o unidades de la Administración de Justicia cuya gestión corresponda a la Comunidad Autónoma de Euskadi, mediante los siguientes procedimientos: Comisión de Servicio. Adscripción Provisional. Sustitución Vertical. Artículo 2 Ámbito de aplicación. La presente Orden será de aplicación al personal funcionario de