BOPV nº 138 · 2022-07-18 · Salud

ORDEN de 5 de julio de 2022, de la Consejera de Salud, por la que se convocan ayudas económicas para la creación y el mantenimiento de equipos técnicos, para el desarrollo de programas de prevención comunitaria de las adicciones y para la realización de proyectos de prevención y reducción de riesgos y daños, así como de promoción de conductas saludables en estos ámbitos de actuación en el ejercicio 2022.

La salud pública y las adicciones son áreas encomendadas al Departamento de Salud, de conformidad con lo establecido en el artículo 12.1 del Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos (BOPV n.º 176, de 7 de noviembre de 2020), modificado por el Decreto 48/2020 de 28 de diciembre (BOPV n.º 262, de 31 de diciembre de 2020). La presente Orden parte para el ejercicio 2022 de las líneas de ayudas tradicionales en el ámbito de las adicciones. En este sentido, conforme al artículo 2 de la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, corresponde a todos los poderes públicos vascos la misión preferente de promocionar y reforzar la salud en cada uno de los sectores de la actividad socio-económica, con el fin de estimular los hábitos de vida saludables, la eliminación de los factores de riesgo, la anulación de la incidencia de efectos negativos y la sensibilización y concienciación sobre el lugar preponderante que por su naturaleza le corresponde. Asimismo, en el artículo 3 de la referida Ley se indica que compete a la administración sanitaria vasca garantizar la tutela general de la salud pública a través de medidas de promoción de la salud. Desde el enfoque de salud pública como fundamento básico del modelo de atención a las adicciones y drogodependencias, la Ley 1/2016, de 7 de abril, de Atención Integral de Adicciones y Drogodependencias desarrolla las áreas de promoción de la salud, prevención, reducción de la oferta, asistencia, inclusión social y formación e investigación. Esta Ley pretende un abordaje multidisciplinar e integral de las adicciones dirigida al logro de hábitos saludables y de la cultura de la salud, siendo la promoción de la salud y la prevención un área de actuación preferente y prioritaria. Dentro del área de la prevención, el ámbito comunitario es uno de los ámbitos prioritarios por la cercanía de los servicios que se prestan a las personas y a las comunidades de las que forman parte, desarrollándose preferentemente por los municipios y mancomunidades. En este sentido, esta Orden pretende continuar con el fomento de la creación y mantenimiento de los equipos técnicos de prevención comunitaria, así como de los programas y actuaciones que en materia de adicciones lleven a cabo los municipios en el ámbito de los planes locales o, en su caso, forales, cuya elaboración, desarrollo y ejecución les corresponde. Por otra parte, en el ámbito de las adicciones es muy destacable la actuación de las entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro, cuya relevancia reconoce la Ley 1/2016, de 7 de abril, orientando la línea de ayudas relativa al fomento de los proyectos que sobre esta materia llevan a cabo tales entidades. Además, las actividades objeto de subvención deben estar en consonancia con los contenidos del VII Plan sobre

Publicación oficial en euskadi.eus

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