BOPV nº 148 · 2022-08-02 · Gobernanza Pública y Autogobierno
ORDEN de 14 de julio de 2022, de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la constitución de la fundación denominada Fundación Tximist Fundazioa.
En fecha 15 de mayo de 2022 tuvo entrada en el Registro del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco de la constitución de la fundación denominada Fundación Tximist Fundazioa. Al escrito de solicitud se adjuntó la documentación obrante en el expediente administrativo. El artículo 3.1 de los estatutos, en el que se establecen los fines fundacionales, es del siguiente tenor literal: Los fines de interés general que persigue la fundación son la difusión, promoción y fomento de actividades deportivas, culturales y sociales a estos efectos, y con carácter meramente enunciativo y no limitativo, se entiende que tienen cabida dentro de los fines fundacionales los que se indican a continuación: A) La cooperación y colaboración con cualquier otra entidad o institución social, cultural, deportiva, artística o benéfica que estime conveniente y que permita un mayor desarrollo y cumplimiento de los fines fundacionales. B) La promoción de la igualdad de oportunidades, generando actividades y espacios destinados a la formación, desarrollo, liderazgo y empoderamiento de la mujer. C) El acercamiento del deporte y la actividad física a la sociedad, facilitando su práctica en sus distintas categorías y edades. D) La promoción y difusión de la práctica del deporte en la infancia, la juventud, facilitando el acceso de todas y todos al mismo y procurando que la práctica del deporte vaya unida a una formación integral de las y los jóvenes. E) La formación, mediante la promoción de actividades relacionadas con procesos comunitarios que promuevan el respeto y los valores de la comunidad. F) La organización de encuentros, jornadas, talleres, seminarios, conferencias y demás acciones de naturaleza análoga en relación a los fines de la Fundación. G) El impulso de procesos comunitarios participativos y sostenibles y que promuevan la inclusión y el refuerzo de las redes sociales de apoyo entre personas. H) La gestión la diversidad y la mediación comunitaria, atendiendo a la prevención, promoción y resolución de la conflictividad social y comunitaria. La edición de revistas, libros, boletines, webs y cualesquiera soportes análogos destinados a difundir la actividad de la Fundación y las materias que constituyen su objeto. J) La realización de acciones de investigación en el ámbito de los fines fundacionales de la Fundación. K) La asistencia y asesoramiento de deportistas, entidades, instituciones y Administraciones Públicas en materia de igualdad y deporte. La dotación inicial, de carácter dinerario, se establece en la cantidad de 30.000 euros. Se halla completamente desembolsada por la persona fundadora, la entidad deportiva denominada Gaben Club Deportivo. El ámbito territorial principal de desarrollo de actividades será la Comunidad Autónoma del País Vasco, estableciéndose su domicilio en la calle Julimasene 59 (20015) de San Sebastián. El patronato de la fundación se compone inicialmente de los