BOPV nº 153 · 2022-08-10 · Trabajo y Empleo

ORDEN de 26 de julio de 2022, de la Vicelehendakari Segunda y Consejera de Trabajo y Empleo, por la que se aprueban las bases para la convocatoria de ayudas extraordinarias para las empresas de economía social que hayan sufrido pérdidas económicas derivadas de la guerra en Ucrania y de las sanciones económicas impuestas a Rusia, y se efectúa su convocatoria para el año 2022.

Los acontecimientos de la actual coyuntura política, social y económica en Europa han impulsado al Consejo de Gobierno a implementar medidas para detener o paliar la hemorragia social y económica que la guerra en Ucrania está causando en nuestro territorio. En consecuencia, el 12 de abril de 2022 el Consejo de Gobierno acordó adoptar «medidas presupuestarias en relación con las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania». Consta en el acuerdo aprobado un anexo que autoriza la creación de un Fondo de Rescate Económico, dotado con 142,9 millones de euros. Entre los proyectos que se detallan en relación con las «Ayudas complementarias a empresas y micropymes», el punto 6, dotado con 5 millones de euros para el ejercicio 2022, especifica que se trata de un «Programa de ayuda a empresas de economía social». El citado programa de ayuda está incluido en el Plan Estratégico de Subvenciones de este departamento para el 2022, a través de la Orden de 30 de mayo de 2022, de la Vicelehendakari Segunda y Consejera de Trabajo y Empleo, por la que se modifica la Orden por la que se aprueba el plan estratégico de subvenciones del Departamento de Trabajo y Empleo para el año 2022. En cumplimiento de los mandatos del Gobierno Vasco y de la Resolución del Parlamento Vasco en el pleno monográfico sobre Ucrania del día 8 de abril de 2022, la Dirección de Economía Social ha articulado la presente línea de ayuda extraordinarias para las empresas de economía social que hayan sufrido pérdidas económicas derivadas de la guerra en Ucrania y de las sanciones económicas impuestas a Rusia. En consecuencia, habiéndose aprobado la Ley 11/2021, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2022, comprobada la existencia de crédito presupuestario suficiente para financiar la convocatoria y oído el Consejo Superior de Cooperativas de Euskadi, de acuerdo a las competencias que me atribuye el Decreto 7/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Trabajo y Empleo, RESUELVO : Artículo 1 Objeto y hechos subvencionables El objeto de la presente Orden es la aprobación de las bases para la convocatoria de las ayudas extraordinarias que el Gobierno Vasco, a través del Departamento de Trabajo y Empleo, otorgará con la finalidad de paliar las pérdidas económicas directas de sociedades laborales o cooperativas, a consecuencia de la guerra en Ucrania y de las sanciones económicas a Rusia, y su convocatoria para el año 2022. Serán considerados hechos subvencionables los siguientes: a) Facturas no susceptibles de ser cobradas con clientes o empresas de Ucrania o de países afectados por las sanciones a Rusia y cuyos créditos no estén asegurados. b) Costes directos de personal de la empresa que trabaje en Ucrania o en países afectados y de sus filiales por las sanciones a Rusia y cuya contingencia no esté asegurada o amparada por entidades asegurado

Publicación oficial en euskadi.eus

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