BOPV nº 154 · 2022-08-11 · Gobernanza Pública y Autogobierno

ORDEN de 7 de julio de 2022, de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la constitución de la fundación denominada Julio Beobide Fundazioa.

El 11 de noviembre de 2021 ha tenido entrada en el Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la constitución de la fundación denominada Julio Beobide Fundazioa. A la solicitud se adjuntó la documentación obrante en el expediente. Según establece el artículo 3 de sus estatutos, los fines de interés general que persigue la fundación denominada Julio Beobide Fundazioa son: Preservar y divulgar la obra y el legado de D. Julio Beobide de Goiburu, así como promover y desarrollar actividades de impulso y divulgación de las artes y la cultura en general. En especial, colaborará e impulsará acciones para el mejor conocimiento de las artes y cultura del País Vasco, iniciativa que buscará promover un mejor conocimiento de la región a nivel tanto cultural como turístico. Conforme disponen el artículo 4 de los estatutos, el domicilio fundacional queda fijado en la calle San Pedro, n.º 14 en Zumaia, desarrollando la Fundación sus actividades en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco. La dotación inicial de la Fundación es de treinta mil (30.000) euros, cuya aportación se realiza, de conformidad con el apartado segundo del artículo 12 de la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco, de la siguiente manera: Mediante ingreso de dos mil (2.000) euros, por D. José Beobide Arburua, en la entidad bancaria Kutxabank. Se acredita a través de la certificación emitida por la referida entidad, de fecha 9 de septiembre de 2021. Mediante ingreso de dos mil euros (2.000) euros, por D. Jon Mikel Aralar Beobide Arana, en la entidad bancaria Kutxabank. Se acredita a través de la certificación emitida por la referida entidad, de fecha 9 de septiembre de 2021. Mediante ingreso de dos mil euros (2.000) euros, por D. Joseba Beobide Arana, en la entidad bancaria Kutxabank. Se acredita a través de la certificación emitida por la referida entidad, de fecha 9 de septiembre de 2021. Mediante ingreso de dos mil euros (2.000) euros, por D. Xabin Beobide Arana, en la entidad bancaria Kutxabank. Se acredita a través de la certificación emitida por la referida entidad, de fecha 9 de septiembre de 2021. Mediante ingreso de dos mil euros (2.000) euros, por Dña. Idoia Arana Beobide, en la entidad bancaria Kutxabank. Se acredita a través de la certificación emitida por la referida entidad, de fecha 9 de septiembre de 2021. El monto restante se hará efectivo en un plazo no superior a cinco años. El artículo 12 de los estatutos establece que el Patronato estará constituido por un número mínimo de tres personas y un máximo de diez personas. Según el artículo 12 de los Estatutos, el cargo de patrono tendrá una duración indefinida. El patronato de la fundación se compone inicialmente de los siguientes cargos y personas miembros, cuya designación y aceptación constan en el acto fundacional: Presidente de Honor: D. José Beobide Arburua. Presidenta: Dña. Idoia Arana Beobide. Vicepresidente: D. Xa

Publicación oficial en euskadi.eus

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