BOPV nº 156 · 2022-08-16 · Gobernanza Pública y Autogobierno

RESOLUCIÓN 67/2022, de 27 de julio, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del convenio con el Ayuntamiento de Basauri, para la promoción de alojamientos dotacionales en la parcela SR-1, San Miguel Oeste, en el término municipal de Basauri.

Habiéndose suscrito por la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco el Convenio referenciado, y a los efectos de darle la publicidad debida, RESUELVO : Artículo único Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del convenio con el Ayuntamiento de Basauri, para la promoción de alojamientos dotacionales en la parcela SR-1, San Miguel Oeste, en el término municipal de Basauri. En Vitoria-Gasteiz, a 27 de julio de 2022. El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, JON IÑAKI URBINA GARCÍA DE VICUÑA. ANEXO A LA RESOLUCIÓN 67/2022, DE 27 DE JULIO, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO. CONVENIO DEPARTAMENTO DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL, VIVIENDA Y TRANSPORTES Y AYUNTAMIENTO DE BASAURI, PARA LA PROMOCIÓN DE ALOJAMIENTOS DOTACIONALES EN EL SECTOR DE SAN MIGUEL OESTE (II) TÉRMINO MUNICIPAL DE BASAURI. En Vitoria-Gasteiz, a 13 de julio de 2022. REUNIDOS : De una parte, el Sr. D. Ignacio Maria Arriola López, Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes del Gobierno Vasco, Y de la otra, el Sr. D. Asier Iragorri Basaguren, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Basauri. COMPARECEN: El primero, en calidad de Consejero del Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes del Gobierno Vasco y en representación de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco, autorizado para este acto en virtud de acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno en sesión celebrada el día 8 de febrero de 2022. Y el segundo, en su calidad de Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Basauri, en representación del mismo. autorizado para este acto por el acuerdo del pleno de dicha corporación local reunido con fecha 28 de abril de 2022 y como Presidente de Bidebi Basauri, S.L. Ambos comparecientes se reconocen capacidad legal suficiente y necesaria para otorgar el presente Convenio, y a tal efecto EXPONEN: Primero El Estatuto de Autonomía del País Vasco determina en su artículo 10.31 la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de ordenación del territorio y del litoral, urbanismo y vivienda. La Ley 3/2015, de 18 de junio, de Vivienda, señala en su artículo 2 los principios rectores de la política de vivienda en Euskadi, entre otros los siguientes: Colaboración y coordinación de todos los poderes públicos, incluyendo los órganos dependientes de la Administración general del Estado y el sector público vasco, compuesto por la Administración general de la Comunidad Autónoma, las diputaciones forales, las entidades locales y todos los entes de titularidad pública dependientes de ellas, en la garantía del derecho al disfrute de una vivienda digna, adecuada y accesible. Coherencia de las actuaciones públicas y privadas en las iniciativas relacionadas con la efectividad del derecho a acceder a la ocupación legal de una vivienda digna y adecuada. Planificación y programación de las políticas públicas de vivienda

Publicación oficial en euskadi.eus

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