BOPV nº 167 · 2022-08-31 · Educación
ORDEN de 26 de julio de 2022, del Consejero de Educación, por la que se convocan subvenciones para el programa de refuerzo de lengua extranjera durante el curso académico 2022-2023, en centros privados concertados que imparten ciclos formativos.
El Departamento de Educación está impulsando un conjunto de iniciativas, tanto en la enseñanza obligatoria como en la post-obligatoria, encaminadas a mejorar la competencia en lenguas extranjeras del alumnado de la Comunidad Autónoma Vasca. En lo que hace referencia a la Formación Profesional, el Departamento de Educación participa en la financiación de los programas europeos Erasmus + para prácticas de Formación Profesional que posibilitan al alumnado la realización de la formación en prácticas en países de la Unión Europea, y realiza también la oferta de la enseñanza en lengua extranjera de módulos formativos. Por su parte, el V Plan Vasco de Formación Profesional hace una apuesta clara por el multilingüismo, derivada de la estrategia de internacionalización del Sistema Vasco de Formación Profesional que ya se venía desarrollando con anterioridad y que el V Plan viene a reforzar. Asimismo, la Ley 4/2018, de 28 de junio, de Formación Profesional del País Vasco, dedica su artículo 28 al plurilingüismo en los procesos de formación. Las lenguas son un factor clave para la mejora de los niveles de empleabilidad y movilidad del alumnado, dado que las empresas demandan operar en mercados globalizados. Finalmente, la Comisión Europea resalta también la importancia del aprendizaje de idiomas y la necesidad de reforzar los sistemas que contribuyan a la mejora de las competencias lingüísticas de toda la ciudadanía, en particular de los jóvenes en formación, con la finalidad de contribuir a reforzar la dimensión europea, la empleabilidad y la movilidad. Por todo ello, RESUELVO : CAPÍTULO I: BASES GENERALES Artículo 1 Objeto. La presente Orden convoca las subvenciones del programa de refuerzo de lengua extranjera en Centros Privados Concertados que imparten ciclos formativos durante el curso académico 2022-2023. Artículo 2 Dotación presupuestaria y cuantía de la subvención. Se destinarán 100.000 euros al desarrollo de la presente Orden. La cuantía de la subvención es, como máximo, de 50 euros por hora de impartición por cada grupo constituido autorizado en la modalidad presencial. Por cada grupo constituido autorizado en la modalidad no presencial (online) la cuantía será de 4 euros por hora y alumno/a. Y por cada grupo constituido en la modalidad mixta la cuantía será de 5 euros por hora y alumno/a. A efectos de esta convocatoria, se entiende por grupo autorizado el que cumple con las condiciones o requisitos exigidos en la presente Orden para ser subvencionado. Artículo 3 Entidades beneficiarias. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en la presente Orden todos aquellos centros privados concertados autorizados oficialmente para impartir ciclos formativos de formación profesional en la CAPV. El centro solicitante deberá cumplir con los requisitos establecidos en la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco (Texto Refundido aprobado por el Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre), en el artículo 13 de la Ley