BOPV nº 168 · 2022-09-01 · Igualdad, Justicia y Políticas Sociales
RESOLUCIÓN de 6 de julio de 2022, de la Directora del Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos, por la que se convocan subvenciones para la realización de proyectos de recuperación de la memoria democrática, desarrollados por municipios y demás entidades locales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, para el año 2022.
Los poderes públicos tienen que velar por el conocimiento y el mantenimiento de la memoria como patrimonio colectivo que testimonia la lucha por las libertades y los derechos democráticos. Con esta finalidad, se tienen que adoptar las iniciativas institucionales necesarias para el reconocimiento y rehabilitación de las personas que padecieron las injusticias y violaciones de derechos humanos. En este contexto, es voluntad del Gobierno Vasco, a través del Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos, llevar a cabo una política pública de recuperación y conservación de la memoria y, por tanto, impulsar sus valores y principios democráticos, en los cuales se basa la convivencia de la sociedad actual. El objetivo principal es honrar y recuperar la memoria de todas las víctimas de los hechos traumáticos ocurridos en Euskadi desde 1936 a consecuencia de la Guerra Civil, la Dictadura franquista, el terrorismo de ETA y de otros grupos de extrema derecha y los GAL, así como de la violencia policial ilícita. Con ellos, la de sus familiares. Por otra parte, la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y dictadura, menciona en su Exposición de Motivos que, en relación con los símbolos y monumentos conmemorativos de la Guerra Civil o de la Dictadura, se ha de evitar toda exaltación de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la Dictadura, en el convencimiento de que la ciudadanía tiene derecho a que así sea, a que los símbolos públicos sean ocasión de encuentro y no de enfrentamiento, ofensa o agravio. En coherencia con ello, el artículo 15.1 de dicha Ley dispone lo siguiente: «Las Administraciones públicas, en el ejercicio de sus competencias, tomarán las medidas oportunas para la retirada de escudos, insignias, placas y otros objetos o menciones conmemorativas de exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la Dictadura. Entre estas medidas podrá incluirse la retirada de subvenciones o ayudas públicas». La Ley 4/2014, de 27 de noviembre, de creación del Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos, atribuye a este organismo, entre otros fines, la participación en el diseño, promoción, desarrollo y ejecución de la política pública relativa a los valores éticos y los principios democráticos que resulten sustanciales a la memoria de la lucha por la libertad, la garantía de los derechos humanos y la convivencia democrática de la sociedad vasca. Una de las herramientas de este Instituto para la consecución de estos objetivos es precisamente su línea de subvenciones. Las subvenciones a que se refiere la presente Resolución se sujetan a lo dispuesto en las siguientes normas: la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Ré