BOPV nº 168 · 2022-09-01 · Cultura y Política Lingüística
ORDEN de 22 de julio 2022, del Consejero de Cultura y Política Lingüística, por la que se convocan, para el período 2022-2023, subvenciones para la ejecución de trabajos orientados al ámbito de la salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial Vasco.
El Estatuto de Autonomía del País Vasco, en su artículo 10, apartado 19, otorga a la Comunidad Autónoma del País Vasco la competencia exclusiva en materia de patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico, asumiendo esta el cumplimiento de las normas y obligaciones que establezca el Estado para la defensa de dicho patrimonio. La Ley 6/2019, de 9 de mayo, de Patrimonio Cultural Vasco establece en su artículo 1, que el nuevo régimen jurídico que establece para el patrimonio cultural vasco de la CAPV tiene la finalidad de garantizar su protección, conservación y salvaguarda, así como posibilitar su conocimiento, investigación, difusión y disfrute por todas las personas en condiciones de accesibilidad universal siempre que las condiciones así lo permitan, tanto a la generación actual como a las generaciones futuras. La Recomendación sobre la Salvaguarda de la Cultura Tradicional y Popular (1989) supuso el comienzo para el reconocimiento como parte de este Patrimonio cultural del patrimonio intangible, lo que se verá reforzado por la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial (2003). La Ley 10/2015, de 26 de mayo, para la Salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial reconoce también la influencia decisiva que ha tenido en la normativa internacional esta Convención de 2003, cuando señala que el patrimonio cultural inmaterial transmitido de manera intergeneracional y recreado constantemente por las comunidades en interacción con su entorno y su historia infunde a estas un sentimiento de identidad y continuidad, y contribuye a promover el respeto por la diversidad cultural y la creatividad humana. Haciéndose eco de todo ello, la actual Ley 6/2019 de Patrimonio Cultural Vasco atiende a esta realidad incluyendo dentro del patrimonio cultural vasco a todas aquellas expresiones significativas que configuran la herencia cultural de nuestra comunidad y que se manifiestan a través de realidades materiales, inmuebles o muebles, y de realidades inmateriales como tradiciones y expresiones orales, artes del espectáculo, usos sociales, rituales y actos festivos, conocimientos y usos relacionados con la naturaleza y el universo, y técnicas artesanales tradicionales que van configurando de una manera dinámica la identidad vasca y que dan testimonio de la trayectoria histórica de una colectividad nacional que supera la actual división administrativa. Define así el Patrimonio cultural inmaterial: «... las expresiones o conocimientos, junto con los instrumentos, objetos y espacios culturales que les son inherentes, que las comunidades, los grupos y, en su caso, las personas reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Este patrimonio cultural inmaterial, que se transmite de generación en generación, es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia. Les infunde un sentimiento de identidad y continuidad y contribuye a promover el