BOPV nº 169 · 2022-09-02 · Gobernanza Pública y Autogobierno
ORDEN de 29 de julio de 2022, de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la constitución de la fundación denominada Irukurutzeta Fundazioa.
En fecha 28 de julio de 2021 tuvo entrada en el Registro del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco de la constitución de la fundación denominada Irukurutzeta Fundazioa. Al escrito de solicitud se adjuntó la documentación obrante en el expediente administrativo. El artículo 3 de los estatutos fundacionales establece los fines fundacionales, con el siguiente tenor literal: La Fundación Irukurutzeta tiene por finalidad la recuperación, mantenimiento y divulgación del espacio de interés naturalístico e histórico de Karakate, Kortazar, Irukurutzeta y Agarreburu. Para el cumplimiento de esta finalidad, la Fundación desarrollará, como actividades concretas y más importantes e inmediatas, las siguientes: Adquisición, recuperación, mantenimiento y conservación del monte situado en el espacio natural comprendido entre Karakate e Irukurutzeta, convirtiéndolo en pastizal con arbolado. Recuperación, mantenimiento y conservación del arbolado autóctono: haya, roble, fresno, encina, etc. Adquisición, recuperación, mantenimiento y conservación de la fauna de raza autóctona, como la Pottoka y la Euskal Herriko mendiko zaldia, aprovechando el espacio natural recuperado para la ganadería extensiva. Divulgación y promoción del espacio natural comprendido entre Karakate, Kortazar, Irukurutzeta y Agarreburu, su flora, su fauna y su interés histórico. La dotación inicial de la fundación consiste en la aportación en pleno dominio de dos fincas rústicas y doce equinos. Ha sido valorada en un total de 98.935 euros por dos tasaciones de expertos independientes incorporadas a la escritura pública de constitución. El ámbito territorial principal de desarrollo de actividades será el espacio natural comprendido entre Karakate e Irukurutzeta, que comprende los municipios de Elgoibar, Soraluze-Placencia de las Armas y Bergara, en el Territorio Histórico de Gipuzkoa. El artículo 10 de los estatutos establece que el patronato estará constituido por un número mínimo de 3 y un máximo de 5 personas. El patronato de la fundación se compone inicialmente de los siguientes cargos y personas miembros, cuya designación y aceptación constan en la escritura fundacional: Presidente: D. Julián Ecenarro Uribarri. Secretario patrono: D. José Martín Ecenarro Uribarri. Vocal: Dña. María Concepción Ecenarro Uribarri. Este primer patronato se designa con una duración indefinida. El nombramiento de nuevas personas patronas se regula en el artículo 11 de los estatutos fundacionales. El 3 de junio de 2022, reunida la Comisión Asesora del Protectorado de Fundaciones del País Vasco al objeto de valorar la solicitud de inscripción en lo referente a la licitud e interés general de los fines de la fundación, así como su viabilidad, emitió informe favorable al efecto, por unanimidad, según consta en el acta de dicha sesión. Igualmente, con fecha 4 de julio de 2022, el Protectorado de Fundaciones del País Vasco ha emitido el inf