BOPV nº 173 · 2022-09-09 · Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente
ORDEN de 31 de agosto de 2022, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, por la que se aprueban, para el año 2022, las bases de la convocatoria de ayudas a la cooperación, previstas en el Decreto 43/2017, de 14 de febrero, por el que se establece la normativa marco de las ayudas previstas en el Programa de Desarrollo Rural de Euskadi 2015-2020.
Mediante el Reglamento (CE) n.º 1290/2005 del Consejo, de 21 de junio, sobre la financiación de la política agrícola común, se crea el Fondo Europeo Agrícola de Garantía «FEAGA», para financiar las medidas del mercado y otras medidas y el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), destinado a financiar los programas de desarrollo rural. El Reglamento (UE) n.º 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1698/2005 del Consejo establece normas generales que rigen la ayuda de la Unión al desarrollo rural financiada por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), establecido mediante el Reglamento (UE) n 1306/2013. Este Reglamento fija los objetivos a los que debe contribuir la política de desarrollo rural y las correspondientes prioridades de la Unión en materia de desarrollo rural y traza el contexto estratégico de la política de desarrollo rural y define las medidas que deben ser adoptadas para ejecutar la política de desarrollo rural. El artículo 35 del Reglamento (UE) n.º 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre establece un tipo de ayuda, la ayuda a la «Cooperación». En lo que respecta a la Comunidad Autónoma del País Vasco, se ha elaborado el Programa de Desarrollo Rural del País Vasco 2015-2020, aprobado por Decisión de la Comisión C (2015) 3479 final de 26 de mayo de 2015. Este Programa acomete la puesta en marcha de medidas cofinanciadas entre la Unión Europea y la Comunidad Autónoma del País Vasco. Ese tipo de ayuda, queda reflejada en el Programa de Desarrollo Rural del País Vasco 2015-2020 en la medida M16 «Cooperación», que a su vez se divide en siete submedidas, que concretan diversos aspectos de la cooperación. Estas medidas fomentan la cooperación para avanzar, a través de la innovación, en la competitividad del medio rural, impulsan el desarrollo de cadenas de distribución cortas y la promoción de los mercados locales, y potencian la participación y cooperación del sector en los proyectos de innovación. Por otra parte, el Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis, recoge los requisitos que deben contener las ayudas de Estado para ser admitidas como ayudas acogidas al régimen de minimis, sin necesidad de ser autorizadas ni comunicadas. Así mismo, con fecha 17 de febrero de 2017 se ha publicado el Decreto 43/2017, de 14 de febrero, por el que se establece la normativa marco de las ayudas previstas en el Programa de Desarrollo Rural de Euskadi 2015-2020, cuyo objeto es establecer, en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, la normativa marco de las ayudas al desarrollo rural de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.º 1305/2013 del Parlam