BOPV nº 174 · 2022-09-12 · Trabajo y Empleo

DECRETO 99/2022, de 30 de agosto, de cese y nombramiento de miembros del Consejo de Administración del organismo autónomo Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.

La Ley 3/2011, de 13 de octubre, sobre Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, creó Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, como organismo autónomo de carácter administrativo y estableció, en su artículo 7.1, que el Consejo de Administración es el órgano superior de gobierno de dicho organismo. Por su parte, el artículo 6.2 de los Estatutos de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, aprobados por el Decreto 82/2012, de 22 de mayo, según la redacción dada por el Decreto 156/2021, de 29 de junio, determina que el Consejo de Administración estará integrado por las y los siguientes miembros: a) Presidente o Presidenta, que corresponderá a la persona titular del departamento competente en materia de empleo. b) Vicepresidente o Vicepresidenta, que corresponderá a la persona titular de la viceconsejería competente en materia de empleo. c) El Director o la Directora General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. d) Dos vocales nombrados y, en su caso, cesados por el Gobierno Vasco a propuesta del departamento competente en materia de empleo. e) Cinco vocales en representación de las organizaciones sindicales más representativas del País Vasco, que serán designados por las organizaciones sindicales citadas y nombrados mediante decreto del Gobierno Vasco. f) Cinco vocales en representación de las organizaciones empresariales de carácter intersectorial más representativas del País Vasco, que serán designados por las organizaciones empresariales citadas y nombrados mediante decreto del Gobierno Vasco. Mediante el Decreto 253/2011, de 29 de noviembre, publicado en el BOPV n.º 233 de 12 de diciembre de 2011, se procedió al nombramiento inicial de las y los miembros del Consejo de Administración del organismo autónomo Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, conforme a lo determinado en la Ley reguladora del mismo. Con posterioridad se han ido produciendo varias renovaciones de las y los miembros que componen el Consejo de Administración de Lanbide, tanto de los nombrados en representación de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, como consecuencia, fundamentalmente, de los ceses en los cargos públicos que motivaron su desempeño, así como de aquellos nombrados en representación de las organizaciones sindicales y de las organizaciones empresariales más representativas del País Vasco, debido, en este caso, a los cambios de designación propuestos por las respectivas organizaciones. Por otra parte, en fecha 12 de abril de 2022, la Presidenta del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo acordó iniciar un procedimiento de renovación parcial de las personas miembros del Consejo de Administración de Lanbide por falta de asistencia reiterada de las vocalías representantes de las organizaciones sindicales Euskal Langileen Alkartasuna-ELA y Langile Abertzaleen Batzordeak-LAB. El acuerdo adoptado y sus consecuencias fueron puestos en conocimiento de las citadas organizaciones sindicales, concediéndoles asimismo un plazo de 10 de días para que alegaran lo

Publicación oficial en euskadi.eus

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