BOPV nº 180 · 2022-09-20 · Igualdad, Justicia y Políticas Sociales
ORDEN de 31 de agosto de 2022, de la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, que tengan por objeto proyectos comunitarios de resocialización de personas penadas.
El Estatuto de Autonomía del País Vasco reconoce, en su artículo 10.14, la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma de Euskadi en materia de organización, régimen y funcionamiento de las instituciones penitenciarias y de reinserción social, conforme a la legislación general en materia civil, penal y penitenciaria. Por otro lado, el artículo 12.1 atribuye a nuestra comunidad autónoma la competencia sobre ejecución de la legislación penitenciaria del Estado. La asunción del traspaso de los medios y recursos de dichas competencias se ha producido por el Real Decreto 474/2021, de 29 de junio y el Decreto 169/2021, de 6 de julio, que aprueban el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias Estado-Comunidad Autónoma, de 10 de mayo de 2021, de traspaso a la Comunidad Autónoma del País Vasco de funciones y servicios sobre ejecución de la legislación del Estado en materia penitenciaria. De conformidad con el artículo 14 del Decreto 12/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, corresponde a la Dirección de Justicia la ejecución de la legislación penitenciaria en coordinación con el resto de las actuaciones del Gobierno en dichos ámbitos. Objetivo fundamental de la política penitenciaria es impulsar, dentro del marco normativo, la mejora de los programas de resocialización y reinserción social y, de esta forma, hacer efectivo el principio de reinserción social contenido en los textos internacionales y en el artículo 25.2 de la Constitución española. El tratamiento penitenciario es la vía para promover tal resocialización y se manifiesta en el diseño de programas e intervenciones formativas orientadas a desarrollar, mejorar las habilidades de las personas internas y proporcionar soluciones a problemáticas específicas vinculadas las conductas delictivas previas. Preparar el camino para dicha resocialización requiere de la conjunción de diversas políticas públicas, pero también es imprescindible la implicación y participación de la sociedad, por ello el principio comunitario se constituye en uno de los valores del modelo penitenciario vasco. El cambio personal promovido por dichas intervenciones es posible gracias al esfuerzo conjunto y colaboración de las administraciones públicas y entidades sociales que desempeñan una participación activa en la resocialización de esta población y cuya participación en los procesos de reinserción social, inclusión y transformación comunitaria es primordial. La propia Ley Orgánica General Penitenciaria, en su artículo 69.2, reconoce esta colaboración y participación de los ciudadanos y de instituciones o asociaciones públicas o privadas ocupadas en la resocialización de los reclusos, para la recuperación social de los internos en regímenes ordinario y abierto. Por su parte el Reglamento Penitenciario en el artículo 62 habla de la colaboración de las instituciones y asociaciones públicas y privadas, de cómo se realizará