BOPV nº 206 · 2022-10-27 · Igualdad, Justicia y Políticas Sociales

ORDEN de 19 de octubre de 2022, de la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, sobre la gestión, resolución y pago del bono social térmico correspondiente al año 2021.

La energía es un bien imprescindible para satisfacer necesidades básicas tales como la iluminación, la alimentación o una climatización que permita mantener unas condiciones de confort suficientes para la salud; y la creciente electrificación de los hogares demanda un suministro energético fiable y asequible. Por ello, y ante la situación de pobreza energética que venía midiéndose desde la crisis del 2008, el artículo 45 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, creó la figura del consumidor vulnerable e instauró la ayuda denominada «Bono Social». Bono consistente en un descuento que viene a cubrir la diferencia entre el valor del Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC) y un valor base que podrá ser distinto según las categorías de consumidores vulnerables que se establezcan, y que se denominará Tarifa de Último Recurso (TUR). Dicho descuento es aplicado por el comercializador en la factura de la persona consumidora que esté acogida al mismo. Tanto la figura del consumidor vulnerable como la del «Bono Social» fueron desarrollados por normativa posterior, entre la que cabe citar el Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica, cuyo artículo 6 establece que el consumidor vulnerable podrá beneficiarse de un descuento en su factura denominado bono social, el cual consiste en un descuento sobre el PVPC, calculado según lo dispuesto en el Real Decreto 216/2014, de 28 de marzo, por el que se establece la metodología de cálculo de los precios voluntarios para el pequeño consumidor de energía eléctrica y su régimen jurídico de contratación, que será aplicado en la factura del consumidor. Siendo el precio resultante de dicho descuento la denominada Tarifa de Último Recurso (TUR). No obstante, constatada la insuficiencia de la protección brindada por el «Bono Social» y ante la continua escalada de los precios de la energía, en el año 2018 se aprobó el Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores, mediante el cual se articuló un nuevo programa de ayudas destinadas a paliar la pobreza energética en consumidores vulnerables, en lo que respecta a energía destinada a calefacción, a agua caliente sanitaria y a cocina, ayuda denominada «Bono Social Térmico». El bono social térmico se financia con cargo a los Presupuestos Generales del Estado y la gestión y pago de las ayudas corresponde a las Comunidades Autónomas y a las Ciudades con Estatutos de Autonomía. A estos efectos, el Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico calcula la distribución territorial del presupuesto disponible y transfiere los importes de las ayudas a las administraciones competentes para su pago. Excepcionalmente para el año 2021, el Real-Decreto Ley 23/2021, de 26 de octubre, de medidas urgente en materia de ener

Publicación oficial en euskadi.eus

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