BOPV nº 211 · 2022-11-04 · Planificación Territorial, Vivienda y Transportes
ORDEN de 14 de octubre de 2022, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, sobre el alquiler asequible.
La Orden de 15 de octubre de 2012, del Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, del registro de solicitantes de vivienda y de los procedimientos para la adjudicación de Viviendas de Protección Oficial y Alojamientos Dotacionales de Régimen Autonómico, regula, entre otras cuestiones, la adjudicación de viviendas en alquiler, tanto de las viviendas y alojamientos dotacionales por parte del departamento competente en materia de vivienda como por parte de las entidades promotoras privadas. Uno de cada dos hogares en alquiler en Euskadi cuenta hoy en día con algún nivel de protección pública, ya sea por disponer de una vivienda del parque público o por contar con una ayuda al pago de la renta. Y esto nos sitúa en escalas elevadas a nivel europeo. Las políticas desarrolladas en adjudicación de vivienda y prestaciones, se han centrado en las personas y grupos más desfavorecidos, básicamente, los que tienen ingresos inferiores a los 12.000 euros anuales, que son el 56 % de los inscritos en Etxebide como demandantes de vivienda en alquiler. También se están arbitrando posibilidades efectivas de acceso para las personas y hogares con unos niveles de ingresos ponderados de hasta 21.000 euros anuales que son también colectivos diana de la iniciativa pública de acceso al alquiler social a través de programas como Bizigune. Sin embargo, existe otro significativo segmento de la población que queda fuera del marco de protección actual en términos reales, pero que también tiene graves dificultades para conseguir una vivienda. Se trata de las más de 7.000 unidades familiares, demandantes de alquiler registrados en Etxebide, que tienen unos ingresos anuales entre 21.000 y 39.000 euros. Consideramos que, sin abandonar en absoluto la atención prioritaria al colectivo con menos recursos, que además requerirá de intervenciones reforzadas a corto plazo por los negativos efectos de la pandemia, también debemos abrir puertas para atender a sectores sociales que requieren de un alquiler asequible. Esta convicción está en sintonía con una de las conclusiones del reciente informe del Parlamento Europeo titulado «Políticas para asegurar el acceso a una vivienda asequible». En ella se recomienda extender las actuaciones en vivienda social y asequible, ahora limitadas a «los grupos socialmente menos favorecidos», a «grupos más amplios de la población (como, por ejemplo, las clases medias-bajas), cuyas necesidades no se están viendo satisfechas por el mercado privado de la vivienda». Una política, añade, que «promovería la existencia de comunidades socialmente más diversas y contribuiría a afrontar el problema de la segregación social». La disposición adicional duodécima de la Ley 1/2021, de 11 de febrero, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2021 incluye la posibilidad de que el Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes regule mediante orden el acceso a las viviendas de protec