BOPV nº 212 · 2022-11-07 · Igualdad, Justicia y Políticas Sociales

DECRETO 124/2022, de 18 de octubre, por el que se declara de interés social a la Fundación «Eguzkilore».

El artículo 74 de la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales, establece que podrán ser declaradas de interés social las entidades sin ánimo de lucro dedicadas a la prestación de servicios sociales, que cumplan las condiciones que se determinen reglamentariamente, en reconocimiento de su trayectoria y contribución del Tercer Sector de Acción Social al desarrollo de los servicios sociales en la Comunidad Autónoma. El Decreto 424/2013, de 7 de octubre, sobre la declaración de interés social de las entidades sin ánimo de lucro de servicios sociales, regula los requisitos y el procedimiento aplicables para la obtención de la declaración de interés social. A su amparo, la Fundación «Eguzkilore», ha solicitado la declaración mencionada, por entender que las actividades que desarrolla de acción social la hacen merecedora del reconocimiento como entidad de interés social. Tal y como informa la Dirección de Servicios Sociales, la Fundación «Eguzkilore» es una entidad constituida en el año 2013. Tiene como objeto los siguientes fines fundacionales: a) Promover y desarrollar el derecho humano a una vivienda digna de todas las personas que viven en Euskadi. b) Impulsar las estrategias y actividades orientadas a proteger a las familias y las personas en riesgo de perder su hogar como consecuencia de procesos de exclusión social, desempleo, enfermedad o crisis económica y generar recursos habitacionales y residenciales capaces de garantizar el derecho humano a la vivienda. c) Desarrollar actividades en el ámbito del asesoramiento, la orientación, la mediación y la intermediación en el ámbito de vivienda, cualquiera que sea el título por el que la misma se posea. d) Intervenir socialmente con las familias y menores en situación de precariedad o vulnerabilidad residencial, sistematizando esta intervención, acompañando socialmente y pudiendo ofrecerse apoyo psicológico, jurídico o cualquier otro necesario. e) Fomentar la investigación e innovación en el ámbito de la vivienda. f) Incidir socialmente para que la ciudadanía vasca incorpore valores y actitudes proactivos, relacionales y participativos vinculados a la transformación de la sociedad en clave de sensibilización sobre la función social de la vivienda. g) Desarrollar iniciativas en el ámbito de la rehabilitación de vivienda, de su amueblamiento, del reciclaje de enseres, de la eficiencia energética de los edificios, y promover empresas de inserción vinculadas a las áreas relacionadas con las actividades que constituyen su objeto fundacional. Cuenta con una trayectoria histórica de prestación de servicios sociales en la Comunidad Autónoma del País Vasco, ya que ha acreditado el desarrollo de su actividad en esta Comunidad ininterrumpidamente desde 2017. El ámbito territorial en el que desarrolla principalmente sus funciones comprende el Territorio Histórico de Bizkaia. De conformidad con lo dispuesto en el citado Decreto 424/2013, de 7 de octubre la declaración de interés social se realizará me

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