BOPV nº 220 · 2022-11-17 · Educación
ORDEN de 2 de noviembre de 2022, del Consejero de Educación, por la que se convocan asignaciones individualizadas de transporte escolar para el alumnado que curse las enseñanzas de tercer curso del Primer Ciclo de Educación Infantil, Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Formación Profesional Básica, para el curso escolar 2022-2023.
El Departamento de Educación organiza para cada curso el transporte escolar como servicio complementario al de la enseñanza. Este servicio se concreta en la contratación de itinerarios para cuya determinación se tiene en cuenta la distancia existente entre el domicilio del alumnado y el centro docente, y el número de alumnos y alumnas. Existe alumnado con derecho a transporte escolar que lo sufraga directamente, fundamentalmente por tres motivos. En primer lugar, porque no pueden adaptarse a los itinerarios organizados por este Departamento; en segundo, porque se considera adecuada la utilización por parte del alumnado del transporte público y, finalmente, porque existen convenios con otras Administraciones para la utilización de los servicios de transporte organizados por estas. Con el fin de contribuir a la financiación de estos gastos, se realiza la presente convocatoria de asignaciones individualizadas. En base a lo establecido en el Decreto 69/2015, de 19 de mayo, sobre el transporte escolar del alumnado de los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco financiado por el departamento competente en materia educativa, modificado por los Decretos 186/2019 y 217/2021, y a lo regulado en la Orden de 26 de abril de 2007, de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, por la que se regula la tramitación anticipada de expedientes de gasto con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, RESUELVO : Artículo 1 Objeto de la Convocatoria. Se convocan asignaciones individualizadas de transporte escolar para el alumnado matriculado en el curso 2022-2023 que curse las enseñanzas de tercer curso del primer Ciclo de Educación Infantil, segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria obligatoria y Formación Profesional Básica en centros docentes públicos no universitarios, así como en los centros privados concertados en los casos contemplados en el artículo 4.1.a) de la presente Orden, según lo dispuesto en el Decreto 69/2015, de 19 de mayo, sobre el transporte escolar del alumnado de los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco financiado por el departamento competente en materia educativa, modificado por los Decretos 186/2019 y 217/2021. Artículo 2 Gestión de la convocatoria. El órgano competente para gestionar las ayudas es la Directora de Gestión Económica del Departamento de Educación. Artículo 3 Crédito disponible. A este fin se destinará la cantidad de 1.000.000 de euros con cargo a las partidas presupuestarias establecidas al efecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco. El citado importe podrá ser incrementado en caso de que fuera necesario teniendo en cuenta la cuantía que supongan las solicitudes con propuesta de concesión pendientes de resolver, previo a la resolución de aquellas. De tal circunstancia se dará publicidad mediante la publicación en el BOPV de la resolución