BOPV nº 227 · 2022-11-28 · Trabajo y Empleo
ORDEN de 14 de noviembre de 2022, de la Vicelehendakari Segunda y Consejera de Trabajo y Empleo, por la que se declara de utilidad pública a la sociedad cooperativa denominada Bizipoz Envejecimiento Activo, S. Coop. Pequeña, de Iniciativa Social.
HECHOS Primero Con fecha 4 de abril de 2022 tuvo entrada en el Departamento de Trabajo y Empleo del Gobierno Vasco, escrito, suscrito por Dña. Beatriz Santamaria Trincado, en su calidad de administradora solidaria de la cooperativa «Bizipoz Envejecimiento Activo S. Coop. Pequeña, de Iniciativa Social» solicitando la declaración de utilidad pública para dicha entidad, en cumplimiento del acuerdo de fecha 25 de febrero de 2022. Se acompaña entre otra documentación, Memoria de actividad 2020 y 2021 y Cuentas Anuales 2020 y 2021. La petición para la declaración de Utilidad Pública se fundamenta en el cumplimiento de los requisitos reglamentarios fijados por el Decreto 64/1999, de 2 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre procedimientos y requisitos relativos a las sociedades cooperativas de utilidad pública, que explicita; incluido el requisito señalado en el art 5.c toda vez que esta entidad, que surge originariamente como una asociación sin ánimo de lucro, consta inscrita en el Registro de Cooperativas del País Vasco desde el año 2017 y fue declarada de Iniciativa social por el Decreto 61/2000, de 4 de abril, por el que se regulan las cooperativas de iniciativa social. Segundo Con fecha 26 de julio de 2022 se publica en el BOPV anuncio en cumplimiento del artículo 9, párrafo tercero del Decreto 64/1999, de 2 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre procedimientos y requisitos relativos a las sociedades cooperativas de utilidad pública, abriendo un periodo de Información Pública para que cualquier persona interesada pudiera examinar el expediente y formular las alegaciones que considerase oportunas en un plazo de veinte días. Vencido dicho plazo no consta que se haya presentado alegación alguna. Tercero Con fecha 4 de julio de 2022 , en ejecución del artículo 9 en relación con el artículo 7 del Decreto 64/1999, se requiere informe de la Dirección de Servicios Sociales del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales del Gobierno Vasco, que manifiesta su conocimiento de la entidad, el encuadramiento en el programa de subvenciones para el fomento de actividades del tercer sector en el ámbito de la intervención social en el País Vasco y su encaje dentro del conjunto de entidades de intervención social que persiguen el respeto y bienestar de la persona y su calidad de vida desde una perspectiva vinculada con la comunidad en la que opera y en colaboración con los diferentes agentes públicos, se emite informe sobre el reconocimiento de utilidad pública por el Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, requerido al efecto. Con fecha 7 de julio de 2022 se emite informe sobre el reconocimiento de utilidad pública por el Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, requerido al efecto. A los anteriores hechos son de aplicación los siguientes: FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero De conformidad con el artículo 156.2 de la Ley 11/2019, de 20 de diciembre, de Cooperativas de Euskadi, las entidades coopera