BOPV nº 227 · 2022-11-28 · Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente

DECRETO 135/2022, de 15 de noviembre, por el que se reconoce de utilidad pública a la asociación denominada Asociación de Desarrollo Rural de Durangaldea Urkiola-Urkiola Durangaldeko Landa Garapenerako Alkartea.

El artículo 42 de la Ley 7/2007, de 22 de junio, de Asociaciones de Euskadi, establece que podrán ser reconocidas como de utilidad pública, las asociaciones inscritas en el Registro General de Asociaciones del País Vasco que contribuyan, mediante el desarrollo de sus actividades, a la consecución del interés general o del bien común realizando de manera significativa los valores de generosidad, altruismo, solidaridad y pluralismo. A su amparo, la asociación denominada Asociación de Desarrollo Rural de Durangaldea Urkiola-Urkiola Durangaldeko Landa Garapenerako Alkartea ha solicitado la declaración mencionada, por entender que promueve el interés general a través de las actividades que lleva a cabo, principalmente dirigidas al fomento del bienestar en la zona del Duranguesado pero, asimismo, beneficiando a la sociedad en general, a través de las actividades de apoyo al medio rural y a la promoción de un sector primario basado en una gestión sostenible. La asociación denominada Asociación de Desarrollo Rural de Durangaldea Urkiola-Urkiola Durangaldeko Landa Garapenerako Alkartea consta inscrita en el Registro General de Asociaciones del País Vasco con el número AS/B/00391/1987, en virtud de Resolución de fecha 2 de marzo de 1987. El ámbito territorial en el que desarrolla sus funciones comprende el Duranguesado. Desde su constitución, la asociación denominada Asociación de Desarrollo Rural de Durangaldea Urkiola-Urkiola Durangaldeko Landa Garapenerako Alkartea dirige sus actividades a la consecución de su fin principal, esto es, lograr un entorno con una actividad económica dinámica basada en la economía autóctona, con un sector turístico responsable y sostenible y un sector primario emprendedor, innovador, activo y participativo; más profesional y diversificado, con relevo juvenil, y promotor de una ganadería y agricultura ecológica. A tal fin, las actuaciones de la asociación se dirigen al fomento del emprendimiento y de la innovación, a la identificación de nuevos negocios desde los recursos propios de la comarca, y al impulso de una comarca capaz de gestionar la cooperación y los recursos internos en beneficio de sus vecinos y empresas. Todas ellas son actividades ampliamente reconocidas por la sociedad como de interés general. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.2 de la citada Ley 7/2007, de 22 de junio, la declaración de utilidad pública se realizará mediante decreto acordado en Consejo de Gobierno, a propuesta de los departamentos a los que corresponda en función de la materia. En cumplimiento de dicho mandato, se ha instruido el oportuno expediente, habiéndose incorporado al mismo los informes emitidos por los Departamentos e instituciones requeridos al efecto. En su virtud, a propuesta de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno y de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, vistos los informes emitidos por los entes y organizaciones interesados, previa deliberación y aprobación del Conse

Publicación oficial en euskadi.eus

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