BOPV nº 230 · 2022-12-01 · Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente
ORDEN de 16 de noviembre de 2022, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, por la que se convocan para 2022 las ayudas y subvenciones reguladas en el Decreto 83/2019, de 4 de junio, por el que se regulan las subvenciones destinadas a la compensación económica por la pérdida de rentabilidad financiera en la Reserva de la Biosfera de Urdaibai y a su gestión medioambiental adecuada, por medio de acuerdos de custodia, financiadas en parte por la Unión Europea en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Next Generation EU.
I El artículo 11.1.a) de la Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para el País Vasco, establece que es de competencia de la Comunidad Autónoma de Euskadi el desarrollo legislativo y la ejecución dentro de su territorio de la legislación básica del Estado en materia de medio ambiente y ecología. Por su parte, a tenor del artículo 8 apartados s), u) y w) del Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, corresponden al Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente las siguientes funciones y áreas de actuación: medio ambiente y lucha contra el cambio climático; conservación del patrimonio natural; ordenación de recursos naturales y conservación de la naturaleza. En virtud del artículo 22.2.o) del Decreto 68/2021, de 23 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, corresponde a la Dirección de Patrimonio Natural y Cambio Climático promover y controlar las acciones necesarias para el cumplimiento de las determinaciones previstas en la Ley 5/1989, de 6 de julio, de Protección y Ordenación de la Biosfera de Urdaibai, y su normativa de desarrollo. En consonancia con el artículo 22.2.o) del Decreto 68/2021, de 23 de febrero, bajo la dependencia funcional y jerárquica de la Dirección de Patrimonio Natural y Cambio Climático, el Servicio de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai promoverá y controlará las acciones necesarias para el cumplimiento de las determinaciones previstas en la Ley 5/1989, de 6 de julio, y en su normativa de desarrollo. Tanto la Dirección de Patrimonio Natural y Cambio Climático como el Servicio de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai se integran en la estructura del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, definida por el artículo 2 del Decreto 68/2021, de 23 de febrero. Por otra parte, la disposición final primera de la Ley 9/2021, de 25 de noviembre, de la conservación del patrimonio natural de Euskadi, que modifica el artículo 7.c) n.º 3 de la Ley 27/1983, de 25 de noviembre, de Relaciones entre las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma y los Órganos Forales de sus Territorios Históricos atribuye a los Territorios Históricos la ejecución de la legislación de las Instituciones Comunes en materia de administración de espacios naturales protegidos, a excepción de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai. II Las Reservas de la Biosfera son declaradas como tales en el seno del Programa MaB de la UNESCO. Se trata de territorios cuyo objetivo es armonizar la conservación de la diversidad biológica y cultural y el desarrollo económico y social a través de la relación de las personas con la naturaleza. Se establecen sobre zonas ecológicamente representativas o