BOPV nº 230 · 2022-12-01 · Educación
ORDEN de 22 de noviembre de 2022, del Consejero de Educación, por la que se convoca el programa de movilidad del personal investigador doctor.
El Departamento de Educación, considera que el programa de movilidad del personal investigador es un mecanismo idóneo para potenciar los contactos de la comunidad científica y tecnológica con investigadores e investigadoras de reconocido prestigio, así como actualizar y perfeccionar los conocimientos científico-técnicos del profesorado universitario. En virtud de lo establecido en el Decreto 18/2020, de 16 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos (BOPV de 21 de abril 2017). Teniendo en cuenta el Decreto 698/1991, de 17 de diciembre, (BOPV n.º 26 de 7 de febrero de 1992) por el que se regula el régimen general de garantías y reintegro de las subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi y se establecen los requisitos, régimen y obligaciones de las Entidades Colaboradoras que participan en su gestión y el Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco. Con arreglo a la normativa básica establecida en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la referida Ley General de Subvenciones y con las demás disposiciones aplicables a las ayudas y subvenciones. Y en base a lo establecido en la Orden de 26 de abril de 2007, de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, por la que se regula la tramitación anticipada de expedientes de gasto con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi. En su virtud, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. El objeto de la presente Orden es la convocatoria en régimen de concurrencia competitiva de ayudas para la realización, con dedicación exclusiva, de estancias en centros de investigación, con el fin de impulsar la movilidad geográfica del profesorado universitario y personal investigador de los organismos y centros de I+D+i, y mejorar sus capacidades y la competitividad de los grupos de investigación. El personal investigador deberá desarrollar durante su estancia un proyecto de investigación que se encuentre integrado en la línea de trabajo del equipo receptor u otro tipo de actuaciones tendentes al establecimiento de intercambios y vínculos científicos de alto nivel. El programa de movilidad de personal investigador doctor se desarrolla a través de dos modalidades: A) Modalidad A: movilidad de personal investigador senior, destinada al personal permanente. B) Modalidad B: movilidad de personal investigador junior, destinada al personal no permanente. Artículo 2 Proyectos a realizar. Los proyectos a realizar durante la estancia de movilidad deberán ajustarse al objeto señalado para la presente convocatoria. Los proyectos deberán respetar los siguientes principios: a) L