BOPV nº 236 · 2022-12-13 · Cultura y Política Lingüística

RESOLUCIÓN de 28 de noviembre de 2022, del Viceconsejero de Cultura, por la que se conceden subvenciones para la catalogación, digitalización, conservación y difusión del patrimonio cultural vasco a través de repositorios OAI-PMH para el ejercicio 2022.

Con fecha 1 de septiembre de 2022 se publicó en el BOPV n.º 168, la Orden de 27 de julio de 2022, del Consejero de Cultura y Política Lingüística, por la que se regula el régimen de concesión de subvenciones para la catalogación, digitalización, conservación y difusión del patrimonio cultural vasco a través de repositorios OAI-PMH y se efectúa su convocatoria para el ejercicio 2022. El plazo para presentar las solicitudes finalizó, de acuerdo con lo previsto en el artículo 9.1 de la Orden, el día 3 de octubre de 2022. Reunida la Comisión de Valoración prevista en el artículo 13 de la Orden, una vez examinadas las solicitudes, procedió a la valoración de los proyectos de conformidad con lo previsto en el artículo 14 de la Orden. A la vista de la propuesta de resolución formulada por la Comisión de Valoración, y de acuerdo con el artículo 16 de la mencionada Orden y demás disposiciones de general aplicación, RESUELVO : Primero Conceder a las entidades que se relacionan en el Anexo I subvenciones por los importes que se detallan en dicho anexo. Segundo Las personas y entidades beneficiarias quedan sometidas a las condiciones establecidas por la Orden reguladora y a cuantas otras que con carácter general rijan en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi. A este respecto, las personas/entidades beneficiarias deberán: a) Asegurar que los proyectos se sujetan a las prescripciones técnicas que figuran en el Anexo I de la Orden que regula la convocatoria. b) Ejecutar los proyectos a través de la contratación de empresas especialistas en los ámbitos objeto de la subvención, (salvo en el caso de entidades e instituciones especializadas). c) Asegurar que no son objeto de catalogación y/o digitalización recursos que contengan datos personales que puedan afectar a la seguridad, honor, salud, intimidad o imagen de las personas y, en todo caso, los supuestos de violencia de género; los que afecten a la seguridad del Estado, al secreto mercantil y cualquiera otros en los que concurran excepciones o límites a su difusión previstos en la Constitución y en las leyes. d) Comprometerse a que los materiales que se encuentren en el dominio público se mantengan en el dominio público después de su digitalización. e) Asumir cualquier responsabilidad que pudiera derivarse de una asignación de licencias incorrecta o inadecuada. f) Garantizar que los gastos subvencionables sean devengados y abonados entre el momento de la resolución de la concesión de la convocatoria y el 15 se septiembre de 2023 inclusive. g) Todos los solicitantes, tanto los que no disponen de un repositorio propio, como los que sí disponen de él, deberán remitir al servicio de la Biblioteca Digital de Euskadi, hasta el 15 de septiembre de 2023 inclusive, el resultado de los trabajos desarrollados en el marco de la subvención. La entrega se realizará en un disco duro extraíble o en una memoria USB y se deberá entregar un disco/memoria por cada proyecto presentado. h) Los so

Publicación oficial en euskadi.eus

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