BOPV nº 242 · 2022-12-21 · Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente

RESOLUCIÓN de 2 de diciembre de 2022, del Director de Agricultura y Ganadería, por la que se conceden y deniegan las ayudas extraordinarias para el sector agrario vasco, dentro del marco temporal nacional relativo a las medidas de ayuda estatal destinadas a respaldar la economía tras la agresión contra Ucrania por parte de Rusia, convocadas por Orden de 28 de septiembre de 2022, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente.

Mediante Orden de 28 de septiembre de 2022, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, se convocaron las ayudas extraordinarias para el sector agrario vasco, dentro del Marco Temporal Nacional relativo a las medidas de ayuda estatal destinadas a respaldar la economía tras la agresión contra Ucrania por parte de Rusia. De acuerdo con el artículo 7 de la citada Orden de 28 de septiembre de 2022, la Dirección de Agricultura y Ganadería del Gobierno Vasco es el órgano competente para la gestión y resolución de las ayudas. Con fecha 18 de noviembre de 2022, se publicó en el Boletín Oficial del País Vasco la Resolución del Director de Agricultura y Ganadería, por la que se conceden las ayudas extraordinarias para el sector agrario vasco, dentro del Marco Temporal Nacional relativo a las medidas de ayuda estatal destinadas a respaldar la economía tras la agresión contra Ucrania por parte de Rusia, convocadas por Orden de 28 de septiembre de 2022, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, a aquellos titulares de explotaciones que no han presentado alegaciones en el plazo concedido al efecto, de acuerdo con el artículo 7.6 de esa misma Orden. Con fecha 15 de noviembre de 2022 se publicó en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi, la Resolución del Director de Agricultura y Ganadería por la que se publica la relación de titulares de explotaciones que deben subsanar y/o acreditar algún extremo en relación con la concesión de una ayuda extraordinaria para el sector agrario vasco, dentro del Marco Temporal Nacional relativo a las medidas de ayuda estatal destinadas a respaldar la economía tras la agresión contra Ucrania por parte de Rusia. Teniendo en cuenta todo lo anterior, y tras el análisis de las alegaciones presentadas de acuerdo con el ya citado artículo 7.6, se ha determinado un nuevo grupo de personas beneficiarias que cumplen los requisitos establecidos en la Orden de 28 de septiembre de 2022 para percibir la ayuda. Así mismo, se ha determinado aquellas personas titulares de explotación que no cumplen tales requisitos y, a los que, por tanto, procede denegar la ayuda. Una vez verificado que las personas beneficiarias se encuentran al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, la cuantía de la ayuda base se ha calculado aplicando los importes unitarios establecidos en el artículo 5.2 de la Orden de 28 de septiembre de 2022: a) 220 euros por vaca de leche determinada en la «Solicitud Única 2021». b) 85 euros por vaca nodriza determinada en la «Solicitud Única 2021». c) 100 euros por cabeza vacuno de cebo determinada en la «Solicitud Única 2021». d) 5 euros por cabeza hembra de ovino determinada en la «Solicitud Única 2021». e) 5 euros por cabeza hembra de caprino determinada en la «Solicitud Única 2021». f) 35 euros por cabeza de cerda reproductora, declarada en la «Declaración Anual Obligatoria

Publicación oficial en euskadi.eus

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