BOPV nº 242 · 2022-12-21 · Educación

RESOLUCIÓN de 28 de noviembre de 2022, del Director de Planificación y Organización, por la que se convocan las Pruebas de Acceso a ciclos formativos de grado medio y grado superior de formación profesional correspondientes al año 2023.

La Orden de 11 de febrero de 2016, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se regula el acceso a Ciclos Formativos de Formación Profesional, dispone en su artículo 2.1 que el Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura convocará al menos una vez al año una prueba para el acceso a los ciclos formativos. En su virtud, RESUELVO : Artículo 1 Convocatoria. Se convocan las pruebas de acceso a los ciclos formativos de grado medio y de grado superior de formación profesional correspondientes al año 2023, para las personas que carecen de los requisitos académicos que permiten el acceso directo a dichas enseñanzas. El número de plazas que se convocan es de quinientas para la prueba de grado medio y mil para la prueba de grado superior. Si el número de solicitantes de grado medio o grado superior fuese inferior al número de plazas convocadas para su correspondiente cupo, el remanente podrá ser utilizado en el caso de exceso de solicitudes en el otro cupo. Las fechas y plazos que se mencionan en esta Resolución son las establecidas en el artículo dedicado al calendario. Los listados a que se hace referencia en esta Resolución podrán ser consultados por las personas interesadas en el portal de internet Ikasgunea y en la Secretaría de su centro de inscripción o referencia. Debe tenerse en cuenta que, las comunicaciones que se puedan realizar a las personas interesadas, se harán vía email y/o teléfono móvil aportados en la solicitud. Artículo 2 Criterios de priorización a efectos de admisión. Cuando el número de solicitudes sea mayor al número de plazas convocadas, se procederá a su priorización según los siguientes criterios en el orden de prelación indicado: º Haber superado alguna de las partes de la prueba de acceso en la Comunidad Autónoma de Euskadi, en las convocatorias de los dos años anteriores, de acuerdo con la Orden de 11 de febrero de 2016, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se regula el acceso a Ciclos Formativos de Formación Profesional, artículo 5, punto 3. º Tener fijado el domicilio de residencia en la Comunidad Autónoma de Euskadi. Se tomará el que figure en los sistemas de información que el Departamento de Educación utilice para la gestión de estas pruebas o en el certificado de empadronamiento que se adjunte (ver artículo dedicado a Documentación), para lo que deberá ser actualizado en dichos sistemas. º Ordenación alfabética en función de los apellidos y nombre, iniciándose esta ordenación por la letra «G», determinada en la Resolución de 14 de octubre de 2021, de la Directora de Gestión de Personal, por la que se hace público el resultado del sorteo de la letra que determinará el orden alfabético en el proceso de gestión de candidatas y candidatos a sustituciones durante el curso escolar 2022-2023, así como en cualquier otro proceso selectivo que pueda convocarse a lo largo de dicho curso escolar. Artículo 3 Inscripciones e información. Para la realizaci

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