BOPV nº 249 · 2022-12-30 · Educación

ORDEN de 19 de diciembre de 2022, del Consejero de Educación, por la que se convoca concurso de méritos para la selección de las directoras y directores de los centros docentes no universitarios dependientes del Departamento de Educación, en los que el cargo vaya a quedar vacante el 30 de junio de 2023.

Esta Orden tiene por objeto convocar el proceso de selección de directoras y directores de los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco, dependientes del Departamento de Educación, cuyos equipos directivos finalicen su mandato el 30 de junio de 2023, con excepción de los Centros Integrados de Formación Profesional y de los Centros de Referencia Nacional de Formación Profesional, que quedaban exceptuados de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 del Decreto 22/2009, de 3 de febrero, sobre el procedimiento de selección del Director o Directora y el nombramiento y el cese de los otros órganos unipersonales de gobierno de los centros docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco dependientes del Departamento de Educación, Universidades e Investigación, así como del Instituto Vasco de Educación a Distancia, excepción incorporada en la disposición final primera del Decreto 93/2018, de 19 de junio, de organización, funcionamiento y autonomía del Instituto Vasco de Educación a Distancia, y el Centro Residencial de Eibar. Ha de tenerse en cuenta lo establecido en esta materia en la legislación básica estatal, en particular en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (artículos 133 y ss.) (en adelante LOE), con las importantes novedades en esta materia aportadas por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, que modifica aquella (en adelante LOMLOE). Por su parte, en cuanto a normativa básica estatal, cabe citar asimismo el Real Decreto 894/2014, de 17 de octubre, por el que se desarrollan las características del curso de formación sobre el desarrollo de la función directiva, así como de los correspondientes cursos de actualización de competencias directivas. Ahora bien, en base al artículo 134.1.c de la LOMLOE, esta formación ha pasado de ser requisito imprescindible para poder participar en el concurso de méritos para la selección de directora o director a requisito potestativo a decisión de cada Administración educativa. En el caso que nos ocupa, el Departamento de Educación considera que esta formación no es un requisito para ser candidata o candidato a directora o director, pero sí para poder ejercer como tal. Por ello, quienes superen el procedimiento de selección que se convoca con la presente Orden deberán superar un programa de formación sobre competencias para el desempeño de la función directiva, de manera previa a su nombramiento. Las características de este programa de formación están reguladas en la Resolución de 28 de octubre de 2022 de la Directora de Aprendizaje e Innovación Educativa, por la que se establece el marco de la formación inicial y permanente para el ejercicio de la función directiva y por la que se regulan el Programa específico de formación para la incorporación al ejercicio de la función directiva y el Programa específico de actualización de competencias para el ejercicio de la función directiva para los cursos 2022-2023 y 2023-2024. Por otro lad

Publicación oficial en euskadi.eus

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