BOPV nº 2 · 2023-01-03 · Educación
ORDEN de 27 de diciembre de 2022, del Consejero de Educación, de modificación de la Orden de 21 de junio de 2022, por la que se regulan y convocan las ayudas nuevas y renovaciones para el Programa Posdoctoral, de Perfeccionamiento de Personal Investigador Doctor, correspondiente al curso 2022-2023.
La Orden de 21 de junio de 2022, del Consejero de Educación (BOPV n.º 128, de 4 de julio de 2022), convocó las ayudas nuevas y renovaciones para el Programa Posdoctoral, de Perfeccionamiento de Personal Investigador Doctor, correspondiente al curso 2022-2023. Con posterioridad a la publicación de la Orden que regula la convocatoria Posdoctoral citada en el párrafo anterior entró en vigor la Ley 17/2022, de 5 de septiembre, por la que se modifica la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación (BOE n.º 214, de 6 de septiembre de 2022). Las modificaciones que se contemplan afectan en la regulación de la ayuda Posdoctoral convocada, por lo que se hace necesaria la publicación de esta modificación. Por lo expuesto, en virtud de las facultades conferidas por la legislación vigente, RESUELVO : Modificar el artículo 4.1 de la Orden por la que se convocan las ayudas nuevas y renovaciones para el programa Posdoctoral, de Perfeccionamiento de Personal Investigador Doctor en los siguientes términos. Artículo 4 Recursos económicos. El importe total del programa, en esta convocatoria, es de 3.837.500,00 euros, el cual hace únicamente referencia a la dotación necesaria para cubrir las necesidades de la presente convocatoria durante los años 2022 y 2023, distribuidos por ejercicios presupuestarios y líneas de actuación con arreglo a la siguiente tabla: (Véase el .PDF) Modificar el artículo 5.1 de la Orden por la que se convocan las ayudas nuevas y renovaciones para el programa Posdoctoral, de Perfeccionamiento de Personal Investigador Doctor en los siguientes términos. Artículo 5 Personas beneficiarias. La persona beneficiaria de la ayuda será la persona investigadora doctora que suscribe un contrato de acceso de personal investigador doctor con una universidad, un centro de investigación, un instituto de investigación sanitaria, con sede social en la CAPV, o la Fundación Ikerbasque. Modificar el artículo 6., párrafo primero, de la Orden por la que se convocan las ayudas nuevas y renovaciones para el programa Posdoctoral, de Perfeccionamiento de Personal Investigador Doctor en los siguientes términos. Artículo 6 Características. Contrato: Las nuevas acciones subvencionadas tendrán las características de un contrato de acceso de personal investigador doctor. Dicho contrato se celebrará al amparo de lo dispuesto en el artículo 22 de la LCTI y la normativa laboral vigente. Las renovaciones continuarán subsistentes en las mismas condiciones en que fueron suscritos sin que les resulte de aplicación las modificaciones reguladas por la Ley 17/2022. Modificar el artículo 6.2, párrafo primero, de la Orden por la que se convocan las ayudas nuevas y renovaciones para el programa Posdoctoral, de Perfeccionamiento de Personal Investigador Doctor en los siguientes términos. Artículo 6 Características. Duración: La duración de los contratos nuevos será de tres años, a computar desde la fecha de inicio de la ayuda establecida en el apartado 1 del ar