BOPV nº 17 · 2023-01-25 · Trabajo y Empleo

RESOLUCIÓN de 13 enero de 2023, del Director de Trabajo y Seguridad Social, por la que se ordena la publicación de la sanción impuesta por infracción muy grave en materia de prevención de riesgos laborales en el expediente: 48/2022/83 – Acta de infracción n.º I482022000009096.

Visto el expediente de sanción incoado a la empresa Futuro Insolito Unipessoal LDA, con CIF 515685607, cuyo domicilio se encuentra en Calle Rua Sorte da Estrada Larga n.º 58, 4630203 Marco de Canaveses (Portugal) y a la empresa Construcciones Lasuen, S.A, con CIF A48093421, cuyo domicilio consta en Barrio Astola, n.º 68, 48220 Abadiño (Bizkaia), siendo esta responsable solidaria y habiéndose sancionado a ambas empresas en virtud del acta de infracción n.º I482022000009096, extendida por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Bizkaia, con fecha 15 de marzo de 2022. ANTECEDENTES DE HECHO Primero Mediante resolución del Director de Trabajo y Seguridad Social del Departamento de Trabajo y Empleo del Gobierno Vasco, de fecha 15 de junio de 2022, se impuso a las empresas Futuro Insolito Unipessoal LDA y Construcciones Lasuen, S.A. una sanción por importe de cien mil (100.000) euros por la comisión de una infracción muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, tipificada en el artículo 13.10 del Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto: «No adoptar cualesquiera otras medidas preventivas aplicables a las condiciones de trabajo en ejecución de la normativa sobre prevención de riesgos laborales de las que se derive un riesgo grave e inminente para la seguridad y salud de los trabajadores». En virtud de lo establecido en el artículo 14.6 del Reglamento general sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo, la cuantía de la infracción se redujo a la cantidad de 60.000 euros. Segundo Dicha resolución ha adquirido firmeza con fecha 27 de agosto de 2022. FUNDAMENTOS DE DERECHO La competencia para conocer del expediente le viene atribuida al Director de Trabajo y Seguridad Social, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 7/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Trabajo y Empleo. (BOPV de 29 de enero de 2021), Real Decreto 928/98, de 14 de mayo (BOE de 3 de junio de 1998) y en los artículos 2, 3, y 4 del Decreto 244/2012, de 21 de noviembre, sobre publicación de las sanciones por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales y creación del registro de empresas sancionadas (BOPV de 4 de diciembre de 2012). Vistos los preceptos legales y demás de general aplicación, el Director de Trabajo y Seguridad Social, en uso de las atribuciones que tiene conferidas RESUELVE: Primero Ordenar la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco de los datos referidos a la sanción firme impuesta, que a continuación se indican: Razón social: Futuro Insolito Unipessoal LDA. Sector de actividad a la que se dedica: Construcción y Edificios. Código de Identificación Fiscal: 515685607. Domicilio social: Calle Rua Sorte da

Publicación oficial en euskadi.eus

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