BOPV nº 19 · 2023-01-27 · Osakidetza-Servicio vasco de salud
RESOLUCIÓN 61/2023, de 4 de enero, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, de corrección de errores de las resoluciones 1802/2022, 1830/2022, 1838/2022, 1849/2022 y 1850/2022, todas ellas de 24 de noviembre y de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir los procesos selectivos para la adquisición del vínculo estatutario fijo en diferentes categorías y puestos funcionales con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
ANTECEDENTES El artículo 18.2.c) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, por el que se regula el Boletín Oficial del País Vasco, establece que los errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se no se deduzcan claramente del contexto y cuya rectificación pueda suponer una real o aparente modificación del contenido o sentido del documento, se subsanarán mediante disposición del mismo rango. Se ha detectado que en las resoluciones indicadas existe un error de dicha índole en el Anexo I, en concreto, en el punto 3.2 relativo a la fase oposición correspondiente al Bloque Concurso-Oposición, por lo que se procede a su corrección, de forma que: Primero En el Anexo I, en el punto 3.2. relativo a la fase oposición correspondiente al Bloque Concurso-Oposición de la Resolución 1802/2022, de 24 de noviembre, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir los procesos selectivos para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de Titulado/a Superior Letrado/a (puestos funcionales de Letrado/a y Técnico/a Superior Jurídico/a) del grupo profesional de Técnicos/as Superiores, con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud, donde dice: La fase oposición estará constituida por los ejercicios que se indican a continuación: a) Primer ejercicio: la prueba consistirá en la contestación por escrito en el plazo máximo que se fije, de un cuestionario de preguntas que versará sobre las materias del programa que se contiene en el Anexo IV. Las preguntas correspondientes al temario común serán extraídas del conjunto de preguntas publicadas en la web de Osakidetza-Servicio vasco de salud. Para la preparación de las preguntas correspondientes al temario general, se facilitará la bibliografía mediante su inclusión en el citado anexo. b) Segundo ejercicio: consistirá en la realización de los ejercicios prácticos que proponga el tribunal, mediante un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas. Los ejercicios estarán relacionados con las funciones específicas de los destinos y tendrán como finalidad la valoración de las aptitudes, destrezas, conocimientos y capacidad profesional de los aspirantes para el desempeño de dichos destinos. La puntuación final de la prueba vendrá dada por la media ponderada entre los dos ejercicios, correspondiendo el 65 % a la prueba teórica y el 35 % al ejercicio práctico. A estos efectos, la media ponderada se obtendrá conforme a la siguiente fórmula: (Véase el .PDF) Para considerar como aprobada la fase de oposición la media ponderada de los dos ejercicios tendrá que dar un resultado como mínimo de 50 puntos sobre 100. Corresponderá al tribunal calificador la selección de las preguntas correspondientes al temario Común y las decisiones que correspondan sobre la selección de las preguntas correspondientes al temario General, de forma que el ejercicio teórico quede elaborado en